FUERZAS ARMADAS EN POS ACUERDO: EXPERIENCIA COMPARADA CON GUATEMALA Autora Jemife Cardozo Vargas Estudiante Especialización en Procedimiento Constitucional, Justicia Penal Militar UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA FACULTAD DE DERECHO ESPECIALIZACIÓN EN PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL, JUSTICIA PENAL MILITAR BOGOTÁ – D.C. 2016 FUERZAS ARMADAS EN POS ACUERDO: EXPERIENCIA COMPARADA CON GUATEMALA Autora Jemife Cardozo Vargas Estudiante Especialización en Procedimiento Constitucional, Justicia Penal Militar UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA FACULTAD DE DERECHO ESPECIALIZACIÓN EN PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL, JUSTICIA PENAL MILITAR BOGOTÁ – D.C. FUERZAS ARMADAS EN POS ACUERDO: EXPERIENCIA COMPARADA CON GUATEMALA Jemife Cardozo Vargas 1 RESUMEN El presente trabajo pretende comparar, la experiencia vivida en situación de conflicto armado de carácter interno entre; Guatemala y Colombia, de manera específica, el comportamiento de las fuerzas militares y su tratamiento pos acuerdo con el fin de encontrar similitudes y diferencias en los dos contextos. De esta forma, sentar una posición crítica al tratamiento pos acuerdo del Ejercito; teniendo como punto de apoyo aspectos positivos y negativos de la experiencia vivida en Guatemala, buscando la adecuación y reorganización, de una nueva doctrina militar, que permita la construcción de una paz estable y duradera. PALABRAS CLAVES Conflicto armado; Guatemala, Colombia, pos acuerdo, fuerzas armadas, militar ARMED FORCES IN POST AGREEMENT: COMPARED EXPERIENCE WITH GUATEMALA SUMMARY This paper aims to compare the experience in armed internal conflict between; Guatemala and Colombia, specifically, the behavior of the military and post-treatment agreement in order to find similarities and differences in the two contexts. 1 Abogada, egresada universidad de la Amazonia Florencia Caquetá, estudiante especialización procedimiento constitucional y justicia penal militar, estudiante segundo semestre especialización derecho sancionatorio universidad nueva granada Bogotá D.C, Abogada defensoría militar, litigante, jemifecardozovargas@hotmail.com In this way, lay a critical position according to Army post treatment; having as fulcrum positive and negative aspects of the experience in Guatemala, seeking the adaptation and reorganization of a new military doctrine, which allows the construction of a stable and lasting peace KEYWORDS Armed conflict; Guatemala, Colombia, pos agreement, armed forces, military INTRODUCCION Desde una perspectiva comparada, se realizará una descripción de la situación de conflicto interno que vivieron los países Guatemala y Colombia, experiencia compartida que permitirá, realizar un ejercicio hipotético en el contexto Colombiano del cumplimiento pos acuerdo de cara a la experiencia vivida en Guatemala, con las fuerzas militares especialmente con el Ejército Nacional, como institución propia del sector defensa impulsará un cambio en la misión, planteamiento de la nueva doctrina, con el objetivo de preparar su estructura para contribuir a la paz estable y duradera. La construcción de la paz duradera en Colombia “solamente puede darse si el país da el paso crucial hacia el postconflicto pleno, es decir, cuando se logre poner fin al enfrentamiento armado con las guerrillas por medio de una estrategia de resolución integral del conflicto y cuando se avance de manera certera hacia un control del narcotráfico y del crimen organizado, con la expansión funcional y territorial del Estado civil” (SchultzeKraft, 2009). Al desarrollar ésta, experiencia el lector encontrará, en un primer aspecto el tema del conflicto armado de carácter interno en Guatemala y Colombia; en este capítulo se hará una exposición breve de las causas, consecuencias, actores del conflicto armado en los dos contextos, como segundo aspecto se abordará de manera específica la actuación de las fuerzas militares en situación de conflicto armado en los dos contextos, en este capítulo se realizara un detenimiento al papel de las fuerzas militares en el conflicto armado, se tomaran algunos casos puntuales de trasgresiones de las fuerzas militares en los dos contextos. Un tercer punto, se abordará casos puntuales en los dos contextos teniendo en cuenta que las fuerzas militares en desarrollo del conflicto armado, ocasionaron Graves violaciones a los derechos humanos, que llegaron ante el Sistema Interamericano Derechos Humano, en Guatemala los casos puntuales fueron; la masacre las Dos Erres, La masacre Plan de Sánchez, acercándonos al contexto del caso colombiano se mencionarán los siguientes casos; la masacre de Mapiripan, el caso Santo Domingo, cuya finalidad es la memoria histórica de situaciones que se vivieron al interior de la sociedad, causadas ante el desborde militar y fueron objeto de reclamación en el derecho interno y ante el sistema Interamericano. Como un cuarto aspecto a tratar, lo establecido en el acuerdo final de manera concreta el tema de las Fuerzas Militares, teniendo en cuenta los dos escenarios, beneficios, tratamiento, el papel pos acuerdo de las fuerzas militares. Como un quinto aspecto teniendo en cuenta lo manifestado según (Ruhl,2005), la falta de un compromiso civil suficiente con la reforma, la resistencia por parte de las fuerzas armadas, principales causas de los decepcionantes resultados, en el tema de las fuerzas militares en Guatemala, en el pos acuerdo, quedaron algunos aspectos en letra muerta en el tema de las fuerzas militares, para hacer una crítica de la efectividad pos acuerdo en las fuerzas militares Guatemaltecas, luego se adoptara una postura positiva frente a la efectividad del pos acuerdo en el tema de las Fuerzas Militares colombianas teniendo los siguientes aspectos de importancia; la doctrina militar, la educación, una adecuada reorganización que permita mantener el ideal de una paz estable y duradera, para terminar con las conclusiones finales. Por último, ante la importancia del futuro de las de las fuerzas militares especialmente del Ejército Nacional, luego del pos acuerdo, tomando las afirmaciones de expertos investigadores de la Universidad Nacional “Es claro que las fuerzas armadas no pueden continuar con una política contra insurgentes y hay que comenzar a pensar en un Ejército y Policía sin guerra. Su papel será vital para la pacificación del país.” Sin embargo, una de las mayores preocupaciones de la Fuerza Pública y de la Policía es la reducción de sus uniformados y de su presupuesto en un nuevo escenario de posconflicto, surge entonces la siguiente pregunta ¿Cuál será el papel del ejército colombiano en el pos conflicto? 1. CONFLICTO ARMADO EN GUATEMALA El conflicto armado interno en Guatemala, también denominado Guerra interna, se inició a principios de la década de los sesenta, hasta mil novecientos noventa y seis, enfrento al Ejército de Guatemala, con civiles subversivos organizados en una guerrilla, producto de la rebeldía entre militares, se trasformó en la principal razón del subdesarrollo social y económico del país, en un conflicto casi de índole étnico. La sublevación, no fue el inicio de un combate insurgente formal, al contrario lo que infructuosamente se buscaba era un golpe de estado, para derrocar al Gobierno del presidente Miguel Ydigoras Fuentes, por un grupo de militares jóvenes en el cuartel General Justo Rufino Barrios, en alianza con miembros del partido Guatemalteco del Trabajo PGT o partido comunista, se creó en 1962 el primer grupo guerrillero del país, conocido como el Movimiento Revolucionario 13 de Noviembre (MR13), hasta 1971, periodo en el que se disolvió (Diccionario Histórico Biográfico, 2004). De esta forma se fueron, organizando las fuerzas Armadas Rebeldes (FAR) integradas por diversos frentes, que fueron comandados por Marco Antonio Yon Sosa, Luis Augusto Turcios Lima, Alejando de León Aragón y otros jefes de Facción (exmilitares). Posteriormente, los frentes guerrilleros continúan la lucha, contra el Ejército Regular (1980), momento en el que se funda la unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) integrada por la coalición de cuatro organizaciones guerrilleras; Ejército Guerrillero de los Pobres (EGP), organización del pueblo en armas (ORPA), las fuerzas Armadas Rebeldes (FAR), por último el partido Guatemalteco del Trabajo (PGT). (Diccionario Histórico Biográfico, 2004). En el lapso comprendido entre 1980 y 1982, las fuerzas guerrilleras dominaban un amplio territorio y tenían el apoyo de muchos campesinos. Parecía que iban a vencer al Ejército de Guatemala, pero éste también se reorganizó y cambió de táctica, obtuvo más armamento, aviones y recursos humanos y, mejoró sus acciones, logró recuperar las regiones tomadas por la guerrilla (Diccionario Histórico Biográfico, 2004). Las principales causas del conflicto armado interno en Guatemala fueron entre otras; la situación de extrema pobreza que enfrentaba la sociedad guatemalteca, los inmensos problemas de analfabetismo, el déficit en la salud, la carencia de viviendas, los problemas agrarios, la exclusión y marginalización del grupo poblacional indígena, la fragmentación que vivía Guatemala al interior de la sociedad. Ante esta situación, el Estado respondió, agravando la situación al crear, “la contrainsurgencia”, hasta llegar a la súper militarización de la sociedad, dispuso grandes cantidades de dinero para combatir el conflicto interno generando más violencia. En resumen, el conflicto interno en Guatemala, duró 36 años, dejó 250.000 personas muertas o desaparecidas, una ola imborrable de violencia en los guatemaltecos, dolor, miedo, angustia, perdidas económicas, violaciones a los Derechos Humanos. (Diccionario Histórico Biográfico, 2004). 2. CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA El conflicto político en Colombia, se remonta al siglo XIX cuando comienzan a darse las rivalidades entre los partidos tradicionales, se hizo más fuerte durante la Guerra de los Mil días. En el año 1958, los dos poderosos partidos tradicionales; Liberal y el conservador se distribuyeron el poder y los demás grupos de presión no pudieron participar en los procesos políticos, generando la consecuencia a mediados de los años sesenta, la formación de las dos guerrillas de izquierda más importantes hasta hoy: Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Las FARC, lideradas por Manuel Marulanda, “Tiro Fijo” y Jacobo Arenas hicieron su aparición en 1964, cuando un grupo pequeño se levantó en armas en Marquetalia, combinan la terquedad campesina con un cerrado dogmatismo, en su génesis predicaban el comunismo ahora mezclan el “Bolivarismo”, desde el año 1982, tiene un enorme poderío militar convirtiéndose en una fuerza armada muy poderosa. En la década de los 70, el 19 de abril de 1979, tras el triunfo de Pastrana en las elecciones presidenciales, bajo numeroso fraude, genero el impulso de varios jóvenes universitarios a formar el movimiento 19 de abril (M.-19) grupo insurgente. En la década de los ochenta, se consolida como una organización contrainsurgente, Los paramilitares, denominado grupo de Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), ingresaron a diferentes regiones del país expulsando, disputando territorios, realizando asesinatos selectivos y masacres para intimidar a la población, el apoyo en regiones tradicionalmente dominadas por la guerrilla, tales como Urabá en Antioquia, Córdoba al norte del país, Meta y Putumayo al sur del país. (Presidencia, 2002). En sus inicios fueron grupos de autodefensas patrocinados y financiados por propietarios de tierras, militares, políticos, empresarios, que conformaban un ejército no superior a los 1.000 hombres. (Fabio sanchez, 2003). Este grupo, rápidamente pasa de la limitación, a la ofensiva, para comenzar a atribuirse funciones propias del estado, librando batallas en contra de la guerrilla a la vez asesinando a líderes de izquierda y a los denominados “amigos de la guerrilla” (Cubides, 1999). Las principales causas del Conflicto Armado Colombia son; la Pobreza, la falta de educación, el abandono estatal, las deficiencias económicas en los núcleos familiares, estas deficiencias llevaron a generar un conflicto con las siguientes consecuencias; muertes, secuestros, extorsiones, reclutamiento forzado, desplazamiento forzado, narcotráfico, deterioro del medio ambiente, la devastadora imagen del país frente a la comunidad internacional en violación Derechos Humanos. 3. EL PAPEL DE LAS FUERZAS ARMADAS EN EL CONFLICTO ARMADO GUATEMALTECO El ejército de Guatemala, conocido también como Fuerzas Armadas, es una organización encargada de la Defensa Nacional de la República de Guatemala. Según el artículo 2442 de la constitución de Guatemala. El mando máximo lo ostenta el Presidente de la República de Guatemala quien es el comandante General. El ministro defensa es responsable del seguimiento de las políticas de Gobierno y trasmite sus órdenes a través del Jefe de Estado Mayor de la Defensa Nacional quien es el responsable de la operatividad de las diferentes unidades. Constitucionalmente las fuerzas armadas en Guatemala se dividen en: Las Fuerzas de Tierra: presentes en el ejército de tierra de Guatemala, Las Fuerzas de Mar: las cuales se presentan en la armada de Guatemala, Las fuerzas de aire: las cuales se presentan en la Fuerza aérea Guatemalteca. 4. EL PAPEL DE LAS FUERZAS ARMADAS EN EL CONFLICTO ARMADO COLOMBIANO La constitución política de Colombia describe la Fuerza pública compuesta en forma exclusiva por las Fuerzas militares (Ejército, Fuerza Aérea, Armada) y la Policía Nacional.3 2 Art. 244.- Integración, Organización y Fines del Ejército: El Ejército de Guatemala, es una institución destinada a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior. Es único e indivisible, esencialmente profesional, apolítico, obediente y no deliberante. Está integrado por Fuerzas de Tierra, Aire y Mar. Su organización es jerárquica y se basa en los principios de disciplina y obediencia. Establecidas para la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden Constitucional, el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas para asegurar que los habitantes de Colombia vivan en Paz. El presidente de la república es el comandante de Las fuerzas armadas, el jefe superior de la policía Nacional, estas a su vez dependen del ministerio Defensa. 5. TRASGRESIONES DE MILITARES EN CONFLICTO ARMADO GUATEMALTECO El militar, en condición de agente del Gobierno guatemalteco causo el mayor número de violaciones entre ellas; ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas (Salazar, 2010). Una de las formas más crueles de represión militar fue, la esclavitud de las mujeres, obligadas a cocinar, lavar ropa en los cuarteles y a satisfacer el apetito sexual de los soldados. (informe Guatemala, memoria del silencio de la Comisión de Esclarecimiento Histórico de la ONU). Otra extralimitación del Ejército Guatemalteco, el trato a los campesinos quienes fueron secuestrados y desaparecidos a manos del Ejército o de grupos paramilitares sospechosos de colaborar con la insurgencia, (informe Guatemala, memoria del silencio de la comisión de esclarecimiento Histórico de la ONU) El ejército de Guatemala en términos de (García, 1998) “(…) cometió los horrores en la Segunda mitad del siglo XIX, especialmente entre 1978 y 1983, contra la población civil y Contra las comunidades mayas (...) 3 ARTICULO 217. La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, Armada y fuerza aérea Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional. El desarrollo de innumerables comportamientos fuera de límites constitucionales y legales en términos de: (Moskos, Evanston, Chicago y Illinois, 2005) “(…) las atrocidades cometidas por militares y el papel de éstos a la hora de propiciar o de impedir tales actos inhumanos (…)”sin duda generaron, la mayor calamidad al interior del estado, sin control, al poder militar desbordado. Las diversas actuaciones de los militares en el estado guatemalteco de conformidad al informe de la CEH: (…)la estrategia contrainsurgente no sólo dio lugar a la violación de Derechos Humanos esenciales, sino a ejecución de dichos crímenes mediante actos crueles cuyo arquetipo fueron las masacres: “(…) En la mayoría de las masacres se han evidenciado múltiples actos de ferocidad que antecedieron, acompañaron o siguieron a la muerte de la víctima (…) Estos fueron unos de los casos puntuales que causaron asombro y terror en el interior del estado Guatemalteco. "El Ejército de Guatemala incursionó al campamento de refugiados de Santa Marta, en 1983. logró capturar a tres refugiados y luego los llevó al desta- camento en Ixquisis, San Mateo Ixtatán, Barillas. Allí les torturaron, los pusieron en un horno de cardamomo (producto agrícola cultivado en la zona, que requiere un cuidadoso proceso de secado), donde les quemaban cada día poco a poco, a fuego lento. Esto duró unos tres días. Las víctimas estaban en muy mala condición, con muchas quemaduras. El cuarto día obligaron al hijo a matar a su propio padre con un machete. (…) Después de esto, los soldados mataron al hijo con sus armas de fuego".(Caso 5296 de la CEH. Barillas, Huehuetenango, San Mateo Ixtatán, julio 1982). (75) Otro terrible caso de tortura prolongada (durante días, hasta la muerte) fue la aplicada por calentamiento progresivo, hasta provocar el fallecimiento por deshidratación y abrasamiento de las víctimas. “(…) pusieron a los cuatro hombres, dos de ellos muchachos, en una pila de agua durante ocho días. Durante estos días los cuatro no recibieron comida y fueron pateados y pegados. Después de los ocho días, los pusieron en la secadora de café del dueño de la finca. Echaron fuego a la secadora y durante tres días calentaron a las cuatro personas, quienes poco a poco se murieron de calor y sed. Cuando habían muerto los cuatro los enterraron en un hoyo del destacamento.” (Caso 6176 de la CEH. San Mateo Ixtatán, Huehuetenango, agosto 1982). (76) He aquí otro terrible caso, varios prisioneros fueron enviados a limpiar un viejo horno de pan. Una vez limpio y barrido, ellos mismos fueron quemados en él: "Lo hicieron en el horno de pan que antiguamente estaba allí en esa casa vieja (...) Morían quemados... Se incineraba todo, cenizas sí quedaban. Los mismos que barrían fueron los muertos... Los que fueron mandados a limpiar los hornos eran los que posteriormente fueron quemados."(Testigo clave TC 85 de la CEH) En conclusión, la represión militar en el marco de la denominada doctrina de seguridad nacional fue considerada la de mayor crueldad ejercida en el nivel político y social, desarrollada en área urbana y rural esta última ejercida en contra de las comunidades mayas (García, 1998). 6. TRASGRESIONES DE MILITARES EN CONFLICTO ARMADO COLOMBIANO Según indico una organización Defensora Derechos Humanos “(...) Unos cuatro mil 300 civiles fueron asesinados por militares colombianos, cuyos cuerpos se presentaban como insurgentes muertos en combate a cambio de ascensos y condecoraciones, el escandalo es conocido como “falsos positivos “o ejecuciones extrajudiciales. La fiscalía en un informe que presento en el año 2015 indicó que la cantidad de personas investigadas unas 573 corresponden a miembros del Ejército Nacional, de los cuales hay 22 generales, 501 oficiales en grados; coroneles, mayores, capitanes, tenientes, otros suboficiales y soldados. También el mencionado informe revelo que hay 89 integrantes de la Armada, entre ellos un coronel, un teniente de fragata, dos tenientes, varios suboficiales y soldados y cincuenta y seis casos de la policía Nacional. Asimismo, el ex Fiscal General indicó que se tienen “más de 800 sentencias condenatorias contra miembros de la Fuerza Pública, más de 3 mil miembros de la Fuerza Pública detenidos por el tema de falsos positivos, más de 5 mil están siendo investigados”. Para terminar este episodio de violaciones a Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, se traerá un caso puntual: Involucra al sargento Ochoa Yepes hizo parte de lo que se podría llamar un “escuadrón de muerte”, que contaba con personas dedicadas a reclutar las víctimas, otros se encargaban de conseguir las armas, y sujetos como el ahora sentenciado, eran quienes “maquillaban” la escena del crimen para que luciera como un operativo “legal”. Los hechos por los que se dio esta condena ocurrieron el 18 de abril de 2006 en la vereda La Raya del municipio de Concepción, Oriente antioqueño, donde como dice el fallo, “tropas del Ejército pertenecientes a la escuadra Halcón 1 del Batallón Pedro Nel Ospina, dieron muerte a los señores Víctor Manuel Correa Palacio y José Miguel Madrid Urrego en un aparente combate”. Según el relato de otros militares, que estuvieron y participaron de esos hechos, y quienes ya responden ante la justicia, las dos víctimas, una de ellas menor de edad en ese entonces, fueron llevadas por medio de engaños hasta una casa abandonada donde los uniformados los asesinaron y los presentaron como “bajas en combate”. Según pudo establecer la Fiscalía y el juzgado una vez escucharon a los procesados, la mayoría de ejecuciones extrajudiciales cometidas por el batallón Pedro Nel Ospina se volvieron sistemáticas y cada vez mejor planeadas. En el caso que se está narrando, participó un taxista, ya condenado, y quien era el encargado de reclutar, movilizar a las víctimas y entregárselas a la unidad militar, cuyos integrantes se encargaban del resto; el premio, según se conoció en el expediente judicial, era dinero de recompensas ofrecidas por resultados, descansos, viajes y hasta menciones de honor. “En los ‘falsos positivos’ se investigan todas aquellas conductas que son violatorias de la vida y la integridad personal, la libertad individual y otras garantías, así como las que constituyen delitos contra las personas y bienes protegidos por el DIH. Tal es el caso de homicidio agravado, homicidio en persona protegida, desaparición forzada, tortura, secuestro, entre otros. Adicionalmente, en múltiples procesos se han encontrado otros delitos asociados a estas conductas, como encubrimiento, concierto para delinquir, falsedad en documento público, falso testimonio y porte ilegal de armas”. En conclusión, estas fueron las formas inhumanas y crueles que desplegaron los militares colombianos en la denominada Política de la Seguridad Democrática, llevando consigo el trato desproporcionado y extralimitación en el ejercicio de las funciones como miembros de la fuerza pública. 7. CASOS, QUE LLEGARON ANTE EL SISTEMA INTERAMERICANO CON OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO EN GAUTEMALA DE LAS FUERZAS MILITARES El estado extendió sus acciones contra las víctimas realizando asesinatos selectivos contra militantes, integrantes del campesinado maya que Vivian en el occidente de Guatemala, el estado utilizo el aparato político-militar de aquella época, para ejercer represión hacia el movimiento social, que tomaron carismas de genocidio, los asesinatos a grupos grandes que muchas veces incluían un alto número de mujeres y niños pequeños, todas víctimas del plan del gobierno para detener a la insurgencia a través de aterrorizar a la población civil. (Ball et al., 2005) Se tornó constante el actuar del estado a través de las fuerzas militares en casos de masacres rurales, era menos probable identificar a las víctimas y más fácil reconocer a quiénes cometieron esos crímenes. El uso frecuente de escuadrones de la muerte clandestinos para cometer asesinatos selectivos en la Ciudad de Guatemala situaciones que permitían al gobierno negar su responsabilidad en tales hechos, en las comunidades indígenas aisladas, soldados uniformados descaradamente cometían asesinatos extrajudiciales masivos (Ball et al.,2005) estos son unos de los innumerables casos con el ánimo de hacer memoria histórica. Masacre Las Dos Erres El 05 de Diciembre de 1982 a las 23:00 llegó a la zona un pelotón especial de kaibiles (fuerzas de élite del ejército), con la instrucción de registrar la aldea, matar a sus habitantes y recuperar 19 fusiles que había tomado la guerrilla en un enfrentamiento en la región. Los militares fueron uniformados como guerrilleros, para hacer creer a la población que la responsabilidad de las matanzas era de la guerrilla. A las tres de la madrugada del 6 de diciembre de 1982, llegaron a la aldea al menos 58 militares, comenzaron a sacar a los habitantes de su en torno a las 16 de la tarde los militares separaron a un grupo de niños y comenzaron interrogarlos sobre la pertenencia a la guerrilla y sobre quién era el jefe guerrillero del poblado, ante la negativa, los civiles eran asesinados arrojándolos a un pozo. El ocho de Diciembre, llegó a Las Dos Erres un pequeño grupo de civiles, a los que se les permitió entrar en el poblado y posteriormente fueron ejecutados. En 1996, FAMDEGUA presentó el caso ante la CIDH (Comisión Interamericana de Derechos Humanos). En el 2000 se llegó a un acuerdo de solución amistosa: En 2008, FAMDEGUA demandó al Estado de Guatemala ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con el fin de que este organismo le ordene al Gobierno efectuar una investigación especial, rigurosa, imparcial y efectiva de la masacre de Las Dos Erres, y juzgar y sancionar a los responsables (según el diario Prensa Libre del 17 de septiembre de 2008. En agosto de 2011 solo 4 de los 58 militares fueron condenados por la masacre de Las Dos Erres. Los oficiales Daniel Martínez, Reyes Collin y Manuel Pop recibieron un total de 6030 años de prisión, por 201 muertes, mientras el Teniente Coronel(R) de infantería Carlos Antonio Carías aunque no se tuvieron pruebas contundentes de su participación, fue sentenciado por el hecho de fungir como Comandante del Destacamento Militar de Las Cruces y en el debate indicó no haber tenido ningún conocimiento del operativo, por lo que recibió 6066 años de prisión. El anterior caso permite concluir que el ejército Guatemalteco, utilizo la fuerza estatal no para dar cumplimiento al cometido constitucional, sino para impulsar el terror a los contrarios con el propósito de eliminarlos, reducirlos y cohibirlos en no apoyar grupos guerrilleros, dentro de la mima institucionalidad crearon otra empresa criminal los llamados escuadrones de la muerte causando agravios injustificados a la población no combatiente. La masacre Plan de Sánchez Se produjo en el poblado Guatemalteco de Plan de Sánchez, departamento de Baja Verapaz, en 1982 más de 250 personas principalmente niños, mujeres, de la etnia Maya achi, fueron abusadas sexualmente, torturadas y asesinadas por miembros de las fuerzas Armadas de Guatemala y sus aliados paramilitares de las PAC(patrullas de Autodefensas civil). Debido a la sospecha de las Autoridades que los habitantes estaban albergando o ayudando a los grupos guerrilleros, a los sobrevivientes les fue dicho que se tomarían represalias si ellos hablaban sobre el incidente o revelaban la ubicación de las numerosas fosas comunes que habían ayudado a cavar. La CIDH procesó la demanda, recibió un reconocimiento parcial de la responsabilidad institucional del presidente electo democráticamente Alfonso Portillo en el primer año de su mandato, y finalmente aludió el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para juicio y arreglo final. En 2004, la Corte Interamericana decretó dos juicios, en los que se estableció la deuda de Guatemala en el caso y se solicitaron varias formas de compensación (monetaria, no monetaria y simbólica). Este caso nos muestra la cruda realidad del conflicto armado, el abuso y las extralimitaciones de las fuerzas militares guatemaltecas, causando el mayor daño a población vulnerable como eran los niños, grupo maya, las mujeres incluso las embarazadas, los vejámenes a los que fueron sometidos so pretexto implementación de la política contra insurgente. 8. CASOS, QUE LLEGARON ANTE EL SISTEMA INTERAMERICANO CON OCASIÓN DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA DE LAS FUERZAS MILITARES Vivimos en un país altamente Militarizado y vigilado, con cantidad de informantes, sobre la sospecha de que cualquier civil era un guerrillero en potencia o encubierto, un enemigo del estado, con esta concepción las fuerzas armadas abandonaron el espíritu y esencia al servicio de una sociedad que demandaba los mejores comportamientos de la institución castrense4 para convertirse en estructura contrainsurgente en pie de guerra, con autonomía y grandes recursos y privilegios que generaron con su actuaciones daños colaterales, o directos a personal civil que no eran objetivo militar, ni participaban directamente de la confrontación armada, como sucedieron en los casos que se mencionaran líneas más adelante. CASO SANTO DOMINGO El 13 de diciembre de 1998 a las 10:02 am la tripulación de un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) lanzó un dispositivo cluster, compuesto por seis bombas de fragmentación, sobre la zona urbana de la vereda de Santo Domingo, lo que resultó en 17 civiles muertos, entre ellos cuatro niños. 4 ARTICULO 2 C.P inciso segundo: Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. En el informe de fondo la comisión, observó que los miembros de la Fuerza Pública que tripulaban las aeronaves tenían conocimiento de la calidad de civiles de esas personas, consideró probado que, con posterioridad a la explosión, los sobrevivientes y heridos fueron atacados con ametralladoras desde un helicóptero cuando trataban de auxiliar a los heridos y escapar de la vereda.(Corte IDH,2012 ). Estimó que todo lo anterior generó el desplazamiento de los pobladores de Santo Domingo, luego de lo cual se dieron actos de saqueo o pillaje a las viviendas deshabitadas. Además, el caso se refiere a la alegada falta de protección judicial y de observancia de las garantías judiciales. En el Informe de Fondo la Comisión hizo las siguientes recomendaciones al Estado: 1) Llevar adelante una investigación imparcial, exhaustiva y dentro de un plazo razonable con el fin de juzgar y sancionar a todos los responsables materiales e intelectuales de las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe; 2) Investigar los vinculas entre agentes del Estado y la empresa extractiva que desarrolla actividades en la zona donde ocurrieron los hechos y tomar las medidas adecuadas para evitar que hechos coma los descritos en el presente informe vuelvan a ocurrir; 3) Establecer, con la participación de la comunidad en su diseño e implementación, una medida de reparación comunitaria que reconozca el impacto que tuvo el bombardeo sobre la población civil de la vereda de Santo Domingo para remediar las graves y duraderas consecuencias para la comunidad como tal y que tome en cuenta iniciativas de desarrollo en temas como salud, vivienda y educación(…) entre otras. El caso en mención, es uno de los pocos casos donde se condena al estado por acción como consecuencia del desproporcionado uso letal de fuerza que termino en el interior de la población civil no combatiente, pues se terminó lanzando el dispositivo sobre un sector de la población que no estaba involucrada en conflicto armado, esto genero desplazamientos, muertes, deterioro al medio ambiente, inconformismo en la sociedad, terror al interior del grupo poblacional. LA MASACRE DE MAPIRIPAM Como el caso la “Masacre de Mapiripan”, se conocen los hechos ocurridos el día 15 y 20 de julio de 1997, en el municipio Mapiripan Departamento del Meta, un centenar de miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia con la colaboración y aquiescencia de agentes del estado privaron de la libertad, torturaron y asesinaron aproximadamente a 49 víctimas, (Corte IDH, caso de la masacre de Mapiripan vs. Colombia, 2005, p.144)5. El Estado colombiano por medio de la Fiscalía General de la Nación logró comprobar que quienes ejecutaron dicha masacre fueron las Autodefensas Unidas de Colombia, cargos por los que se condenó al extinto jefe de las AUC, Carlos Castaño Gil. El 4 de marzo de 2003, en el marco del 117 período ordinario de sesiones y de conformidad con el artículo 50 de la Convención, la Comisión aprobó el Informe de fondo No. 38/03, en el cual concluyó que: […] la República de Colombia es responsable por la violación de los derechos a la vida, integridad y libertad personales de las víctimas de la masacre perpetrada en Mapiripan. En este caso es importante precisar que ante la corte interamericana se condena al estado por omisión de funciones a través de la fuerza pública que debía garantizar la vida, la integridad personal de los habitantes del municipio de Mapiripan una vez más se produce una falla del servicio en condición de fuerza pública cuando permitió el ingreso hasta el municipio del grupo contra insurgente Autodefensas unidas de Colombia perpetrador de tan horrorosa masacre. 9. LAS FUERZAS ARMADAS EN EL POS ACUERDO GUATEMALTECO 5 La CIH, Condeno al Estado Colombiano como responsable por la masacre al determinar que servidores estatales y particulares coordinaron las acciones que producirían el lamentable suceso. El 29 de diciembre de 1996, después de casi 6 años de conversaciones intermitentes, se firmó el Acuerdo definitivo con la URGN, lo cual dio fin al conflicto armado de 36 años de duración. En cuanto a las fuerzas armadas los acuerdos estipularon: Reducir las facultades constitucionales especialmente al Ejército Guatemalteco, esto se consideró un primer fracaso ante la votación del referendo debido al poco interés de la sociedad civil, no se logró la reformulación de la institución, Así, el ejército conservó la función de garantizar la seguridad interna y defender el honor de Guatemala (Schultze-Kraft, 2005, p. 410). El acuerdo final, planteaba la reconfiguración y mejora de los organismos del Estado “las fuerzas armadas”, especialmente el ejército, a un después del pos acuerdo conservó la función de garantizar la seguridad interna y defender el honor de Guatemala, continuo en el pos acuerdo con igual competencia. Con relación a las Fuerzas Armadas o el Ejército de Guatemala, el Acuerdo dictaba que “la misión del Ejército de Guatemala, exclusivamente defensa de la soberanía del país y de la integridad de su territorio, no tendría ninguna otra función asignada de participar en otros campos “tareas de cooperación” en el pos acuerdo continuo con la misión constitucional asignada entre otras ante la imposibilidad de las reformas Se acordó reformular la doctrina Militar, la educación orientada “al respeto de la Constitución, Derechos Humanos, Instrumentos Internacionales ratificados, defensa de la soberanía e independencia Nacional, a la integridad del territorio del país, y al espíritu de los acuerdos de paz firme y duradera, no registraron cambios (Schultze- Kraft, 2004) Sobre purga de militares y depuración, se creó la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH) “para el conocimiento de la verdad histórica acerca del período del conflicto armado” (Córdova, 2002) pero no hubo ningún mecanismo de depuración del Ejército. Punto importante dentro del Acuerdo que verdaderamente se cumplió en su totalidad; la derogación, desmovilización y desarme de los Comités Voluntarios de Defensa Civil, la disolución de la Policía militar ambulante (PMA). El primero se disolvió 30 días después de la firma del Acuerdo final, mientras que la PMA, un año para disolverse. Las partes conciben la implementación de la seguridad integral, es decir, la seguridad nacional en términos de protección contra amenazas externas, las cuales están a cargo del Ejército, y la seguridad pública, a cargo de la Policía Nacional Civil” Se llevó a cabo la Reorganización despliegue de las fuerzas militares en el territorio del país, de manera paulatina logrando su ubicación en fronteras y protección de la jurisdicción marítima, territorial y del espacio aéreo en cumplimiento de la función la defensa nacional. Se llevó a cabo reducir los efectivos del Ejército de Guatemala en un 33%, se fue disminuyendo luego del pos acuerdo, hubo una reducción, pasando de 46.900 hombres en 1996 a 31.270 en 1997 (Córdova, 2002) En 1999, tres años después del pos acuerdo el monto total de la ejecución del presupuesto militar se ubicó en 914 millones de quetzales, cifra que representó el 0,68% del PIB, porcentaje levemente superior al 0,66% estipulado en el compromiso, ello significa el mantenimiento y la importancia en la destinación del presupuesto del estado Guatemalteco con referencia a otros sectores. El fuero militar, constitucionalmente sancionado, siguió vigente, ante la imposibilidad de reformar la constitución de 1985, hecha a la medida de las fuerzas armadas, constituyó el mayor obstáculo para el desarrollo de relaciones cívico militares democráticas en el marco del posconflicto. Se dispuso, la creación de la Secretaría de Análisis Estratégico bajo la autoridad directa del presidente, la creación de un Departamento de inteligencia Civil encargado de la información sobre crimen organizado y delincuencia común las actividades y responsabilidades del organismo de inteligencia militar (Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional) se circunscribirían a la misión constitucional del ejército, de esta forma en lugar de disminuir la misión se le asigna una nueva misión al ejército en el pos acuerdo. Sobre mecanismos de control civil, el Acuerdo disponiá la modificación del Artículo 246 para que señale que “El Presidente de la República es el Comandante General del Ejército e impartirá sus órdenes por conducto del Ministro de la Defensa Nacional, ya sea éste civil o militar”. En el acuerdo se otorgaron facultades especiales al presidente para que en ocasión de situaciones excepcionales de perturbación del orden público pueda hacer uso de las fuerzas armadas, debiendo mantener informado al Congreso sobre las actuaciones del Ejército. Otorgo la facultad al Congreso para que en cualquier momento disponga el cese de estas actuaciones frente al ejército situación que de conformidad a (Vela, 2002) manifestó en la práctica el Ministerio de Defensa actúa como extensión del Ejército, mientras que no hay un verdadero trabajo de fiscalización por parte del Congreso o del Ejecutivo. El Acuerdo establece una separación entre la defensa y la seguridad pública, la primera corresponde el Ejército y la segunda a la Policía Nacional Civil; tendrá a su cargo el mantenimiento del orden público y la seguridad interna. La PCN debería ser un cuerpo profesional, dependiente del Ministerio de la Gobernación requiriendo de reformas constitucionales, la primera de ellas respecto a la naturaleza y misión, único cuerpo policial armado con competencia nacional cuya función es proteger y garantizar el ejercicio de los derechos y las libertades de las personas, prevenir, investigar y combatir el delito, y mantener el orden público y la seguridad interna. Conduce sus acciones con estricto apego al respeto de los derechos humanos y bajo la dirección de autoridades civiles, continuaron ante la falta de reformas constitucionales y la creación del Departamento de inteligencia Civil sobre crimen organizado y delincuencia estas funciones en lugar de ser propias de la PCN continuaron en la esfera del Ejercito. En materia de servicio militar y social, las partes acuerdan continuar con el alistamiento voluntario, se generó una ley de Servicio Cívico, que incluyó el Servicio Militar y el Servicio Social, que conllevará un cumplimiento de un deber y derecho constitucional, universal y no discriminatorio, redujo el tiempo de servicio. 10. LAS FUERZAS ARMADAS EN EL POS ACUERDO COLOMBIANO Se firmó la terminación definitiva de las acciones ofensivas entre la Fuerza Pública y las FARC-EP, y en general de las hostilidades y cualquier acción prevista en las reglas que rigen el Cese. (Sanchez, 2016) EL sometimiento al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que contribuye a la lucha contra la impunidad, la investigación y sanción de las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario.6 (Sanchez, 2016) Reconocimiento pleno de la verdad frente a los hechos, responsabilidad como actores del conflicto, involucrados en graves violaciones a los Derechos Humanos y graves Infracciones al Derecho Internacional Humanitario. La fuerza pública deberá cumplir con los principios básicos de la Jurisdicción Especial para la Paz; reparar el daño causado y de ser posible restaurarse, garantizar el Cese de las violaciones e infracciones. (Sanchez, 2016) Consagra la obligación en caso de presentarse dentro de una ZVTN o PTN algún hecho o circunstancia que requiera la presencia de la Policía Nacional o 6 El Sistema Integral está compuesto por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado; la Jurisdicción Especial para la Paz; las Medidas de reparación integral para la construcción de la paz; y las Garantías de No Repetición cualquier otra autoridad armada del Estado, en Coordinación con el MM&V deber de acudir, (Sanchez, 2016). Es deber en condición de Fuerza Pública de Garantiza la seguridad para los desplazamientos de las FARC-EP a las zonas veredales transitorias de normalizacion (ZVTN) y puntos transitorios de normalizacion (PTN) en sus tres fases; planeación, ejecución, adaptación durante el CFHBD Y DA. (Sánchez, 2016). Se consagro como deber de la fuerza pública, coordinar los desplazamientos que por razón de sus funciones realice el MM&V. Otorgo los beneficios en condición de agentes diferenciados, radicar la petición con los requisitos que consagro en el acuerdo son ; manifestación de sometimiento a la jurisdicción especial para la paz, la condición de miembro activo o en retiro de la Fuerza Pública, estar en los listados que elabore para el efecto el Ministerio de Defensa Nacional, información básica pertinente, la Sala a la cual solicita acceder, los elementos relevantes para calificar si la conducta mencionada tiene relación con el conflicto armado, de existir un expediente, cuál es su ubicación con el fin de poner a disposición de los órganos de la JEP en el evento de que deseen consultarlo. (Sanchez, 2016) Otorgó como mecanismo de tratamiento especial diferenciado para agentes del estado cuando se encuentren en Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, en aplicación del principio de favorabilidad aplicar cualquiera de los mecanismos de resolución definitiva de la situación jurídica a los agentes del Estado. Aun cuando ya estén condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. otorgó como mecanismo de tratamiento especial diferenciado para Agentes del Estado, La renuncia a la persecución, mediante el cual se extingue la acción penal, la responsabilidad penal y la sanción penal. Como mecanismo especial diferenciado contempla la amnistía e indulto por los delitos políticos y los delitos conexos con éstos, así como adoptar tratamientos penales especiales diferenciados, en especial para Agentes del Estado que hayan sido condenados, procesados o señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. (Sanchez, 2016) Consagro en favor de agentes del estado los siguientes efectos de la renuncia a la persecución de la acción penal.7 Otorgó recurso de reposición y apelación contra las resoluciones de la sala definición de situaciones jurídicas. Otorgó, el tratamiento especial diferenciado de la libertad transitoria condicionada y anticipada a los Agentes del Estado que al momento de entrar en vigencia la presente ley, estén detenidos o condenados que manifiesten o acepten su sometimiento a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de acogerse al mecanismo de la renuncia a la persecución penal. Contempló la figura del reingresó a la Fuerza Pública del agente que haya sido absuelto de responsabilidad de manera definitiva. Contemplo el beneficio de la libertad transitoria condicionada y anticipada aquellos Agentes del Estado que cumplan los siguientes requisitos: Que estén condenados o procesados por haber cometido conductas punibles por causa, con ocasión, o en 1. 7 1. Impide que se inicien nuevos procesos por estas conductas. 2. Hace tránsito a cosa juzgada material y sólo podrá ser revisada por el Tribunal para la Paz, 4. Elimina los antecedentes penales de las bases de datos, 5. Anula o extingue la responsabilidad o la sanción disciplinaria, fiscal o administrativa Derivada de la conducta penal. 6. Impide el ejercicio de la acción de repetición y del llamamiento en garantía contra los Agentes del Estado, sin perjuicio del deber del Estado de satisfacer el derecho de las víctimas a la reparación integral. 7. Opera hacia futuro y no tiene efectos retroactivos laborales, Disciplinarios, Administrativos o fiscales. relación directa o indirecta con el conflicto armado interno. Que no se trate de delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma. (Sanchez, 2016) Estableció los convenios necesarios de financiación con las organizaciones de Derechos Humanos designadas por los beneficiarios con el fin de que todos los destinatarios de esta ley disfruten de un sistema de defensa con idoneidad. Consagro el deber del Estado de ofrecerá un sistema de asesoría y defensa gratuita para los beneficiarios de esta ley que aleguen carecer de recursos suficientes para una defensa idónea, respecto a los trámites y actuaciones previstas en ella, sistema que será integrado por abogados defensores debidamente cualificado. (Sanchez, 2016) 11. CRITICA FRENTE A LA EFECTIVIDAD DEL POS ACUERDO EN EL TEMA DE LAS FUERZAS MILITARES GAUTEMALTECO. En el escenario pos acuerdo, Guatemala, en el tema de las fuerzas militares, los únicos cambios significativos, logrados fueron; disminución tamaño de la tropa, presupuesto, disolución de los cuerpos paramilitares, la creación del nuevo cuerpo de policía. Esos fueron los aspectos positivos regulados en el pos acuerdo que se llevaron en la práctica. Aun hoy después de muchos tiempo de la firma del acuerdo final con seguridad tiene pendientes trasformaciones, afrontar una serie dificultades en el compromiso de paz adquirido sobre todo en el tema de la institución militar se evidencian dificultades para afianzar la supremacía civil en asuntos de seguridad. (Vela, 2002). La mayor dificultad para la implementación de lo acordado, en el tema de las fuerzas militares se presentó cuando las reformas constitucionales contempladas en dichos acuerdos y duramente luchas en el Congreso se sometieron a un referendo en mayo de 1999: solo el 18.5% de los votantes registrados acudió a las urnas, bloqueando las reformas por un margen de 54/45”. (Schultze-Kraft, 2005, p. 410). El fuero militar, constitucionalmente sancionado, continúo su vigencia. Ante la imposibilidad de reformar la constitución de 1985, hecha a la medida de las fuerzas armadas. En la doctrina, la educación militar, (Schultze-Kraft, 2004) aunque se buscó permitir la conexión entre militares y civiles, aunque se dispuso la disminución del poderío militar estos no fueron suficientes dado que Guatemala era un país de casta y dictadura militar. El efectivo de fuerza, especialmente del Ejército Nacional en lugar de disminuir genero un incrementó en el presupuesto de las fuerzas armadas por encima de acordado en el acuerdo final, expansión de las funciones al ejército, para abarcar acciones de combate al crimen organizado y la delincuencia, así como acciones de carácter cívico. Los problemas históricos no resueltos, los remanentes del conflicto armado interno y del régimen autoritario que prevaleció en el país por décadas, han configurado en el posconflicto al menos cuatro grandes tendencias que están ocasionado una situación de pérdida de gobernabilidad y hacen más complicado reencauzar la búsqueda de la paz. Ellas son: 1) Violencia, criminalidad e impunidad, 2) Precariedad social y económica, 3) Confrontación política y 4) Conflictividad social. En realidad, no constituyen un fenómeno nuevo, pero algunas de ellas se han recrudecido durante el posconflicto. El ejército sostiene a un en pos acuerdo una autonomía institucional sustancial y la inmunidad legal (Ruhl, 2005).En general, la reconversión militar en Guatemala quedo como un proceso inconcluso y pendiente. 12. CRITICA CONSTRUCTIVA PARA LOGRAR EFECTIVIDAD POS ACUERDO FUERZAS MILITARES COLOMBIANAS. Con el fin de lograr en Colombia el cumplimiento pos acuerdo, en el tema de las Fuerzas Militares, es necesario prioritariamente implementar una nueva doctrina militar, un nuevo modelo de educación, la reorganización estructural de la mano con una reforma al fuero penal militar, al régimen disciplinario de las fuerzas militares, permitiendo mantener el ideal de una paz estable y duradera. Establecer de manera prioritaria la separación entre la defensa y la seguridad pública, la primera corresponde al Ejército y la segunda a la Policía Nacional. La reforma al artículo 221 superior funciones asignadas a la fuerza pública, pos acuerdo. Asignación de nuevas funciones relacionadas con el mantenimiento del orden público y la seguridad interna a la policía Nacional, realizar aumento en la planta al número de policías en área urbana y rural. El papel del nuevo ejército en el pos acuerdo deberá surtir en un estadio diferente al conflicto armado, como vigilancia a minería ilegal, control del medio ambiente, ayuda en inundaciones, avalanchas, crecidas de ríos e incendios forestales, monitoreo de volcanes, agregadurías del personal militar a cumplir diferentes misiones. En otras palabras, todo el potencial humano y tecnológico que está en manos de las Fuerzas Militares se pondrían más al servicio del desarrollo del país que a la confrontación interna. Se aumentaran las exigencias en la incorporación del personal de oficiales, suboficiales, soldados las Fuerzas Militares en posconflicto serán más profesionales, tendrán un rol misional fundamental en la construcción del país marginado. 13. CONCLUSIONES FINALES Una vez culminado el ejercicio comparativo entre los dos estados es necesario concluir: En Guatemala, como en Colombia, se desarrolló un conflicto de carácter interno, las causas que originaron el conflicto en Guatemala, la inconformidad de unos exmilitares disidentes del Gobierno, terminaron en la formación de un grupo guerrillero, en Colombia las causas se originaron producto de la marginalización de algunos sectores, partidos, movimientos políticos, desigualdades sociales ocasionaron la conformación de grupos guerrilleros. Frente a la actuación de la fuerza militar en situación de conflicto armado en los dos contextos, los comportamientos son muy similares; ejecuciones extrajudiciales, graves violaciones a los Derechos Humanos, violencia sexual frente a las mujeres, maltrato a los niños, ejecución de grupos especiales como las comunidades indígenas, la muerte de la población civil, producto de la llamada doctrina de la Seguridad Nacional. La permisividad, creación, flexibilidad, aquiescencia de las fuerzas armadas y del Gobierno en los dos estados con los llamados grupos paramilitares o de contrainsurgencia, con el fin de eliminar los contrarios hoy se deben asumir las consecuencias en el contexto de la comunidad Internacional. En el marco del conflicto interno el estado a través de las Fuerzas Militares en los dos contextos generaron el mayor número de violaciones a los Derechos Humanos, las cifras estadísticas al igual que los casos por condenas a los estados como consecuencias del desborde militar generaron innumerables compromisos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Luego de realizar la comparación del tratamiento pos acuerdo en las Fuerzas Militares, teniendo en cuenta los dos escenarios, realizando una descripción de los aspectos que fueron consagrados, con las fuerzas militares, es necesario manifestar que el acuerdo de Guatemala regulo las modificaciones en lo que requería el cambio de las fuerzas militares, situación que no se llevó a cabo producto del mismo imperio militar. Quedando en letra muerta sin logró cumplir con la finalidad de que en Colombia se logre desarrollar y se cumpla pos acuerdo lo relacionado con el tema de la fuerza pública, en los siguientes aspectos, doctrina militar, educación y se logre una adecuada reorganización que permita mantener el ideal de una paz estable y duradera, para terminar con las conclusiones finales. El caso del ejército Nacional Colombiano, luego del pos acuerdo, de conformidad a la experiencia comparada con Guatemala, debe implementar la nueva doctrina militar con el fin de respetar los instrumentos Internacionales. Requerirá varias reformas constitucionales, la primera de ellas respecto a la naturaleza y misión: Policía Nacional, Ejercito Nacional asignando nuevas funciones REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 1. -(Schultze-Kraft, 2009). Pacificación y poder civil en Centroamérica. Bogotá: Editorial Norma, 530 p 2. Asociación de Amigos del País (2004). Diccionario Histórico Biográfico de Guatemala. Guatemala. 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