Derecho Sancionatorio
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Ítem Aplicabilidad del derecho disciplinario en la práctica del sector privado(Universidad Militar Nueva Granada, 2013) Rojas Palma, Alfonso; Ferrer Leal, Héctor EnriqueEste artículo tiene como fin analizar cómo opera el derecho disciplinario al interior de la empresa privada, verificar si en desarrollo de tal aplicación se acatan las prerrogativas constitucionales que amparan a los trabajadores y si en el procedimiento privado se consolidan suficientemente las garantías que así se cercioran en el sector público para los sujetos disciplinables en virtud de lo consagrado en la Constitución Política, el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 734 de 2002, la Ley 1437 de 2011, la Ley 1474 de 2011y la jurisprudencia.Ítem La inhabilidad intemporal y su viabilidad como sanción(Universidad Militar Nueva Granada, 2013) Velandia Toca, Olga Janeth; Bonilla Mendoza, Angie Vannesa; Ferrer Leal, Héctor EnriqueEl presente artículo pretende analizar las implicaciones frente a la inhabilidad temporal de los servidores públicos desde la óptica del derecho penal, disciplinario, la Constitución y la Corte Constitucional. Además verificar si su efectividad sancionatoria es el mecanismo idóneo para proteger los principios de la función pública tomando como pilar fundamental el interés general sobre el particular y limitando con ello el derecho al trabajo, desempeño del cargo o función pública, imponiendo sanciones sin límite en el tiempo dejando de lado la proporcionalidad y razonabilidad, implicando esto la introducción en el ámbito disciplinario una inhabilidad prevista por el constituyente exclusivamente en el Derecho Penal.Ítem Sistema de incriminación en materia disciplinaria -Numerus Apertus-(Universidad Militar Nueva Granada, 2013) Velasco Andrade, Briggite Karool; Mosquera Parra, Adriana Patricia; Ángel Guarnizo, Luz KarimeEn el presente artículo se esboza a grandes rasgos la controversia generada por el sistema de incriminación en materia disciplinaria denominado numerus apertus, en razón a que se observa una presunta vulneración a los principios de Legalidad, Tipicidad, y al debido proceso como derecho constitucional, ya que permite que al juez disciplinario determinar si una conducta fue cometida a título de dolo o a título de culpa, lo que al parecer impediría al disciplinado defenderse correctamente del cargo que se le imputa, contrario a ello, nuestra Corte Constitucional valida el sistema en sus distintos pronunciamientos.Ítem Responsabilidad disciplinaria de los servidores públicos que celebran contratos estatales sin el cumplimiento de los requisitos legales(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-09-30) Carvajal Fuentes, Diana Patricia; Sandoval, Jaime AlbertoLa contratación pública se ha establecido como uno de los mecanismos por medio del cual los servidores públicos que administran recursos para ejecutar obras, bienes y/o servicios, puedan cumplir con los fines establecidos en la Constitución Política de Colombia así como la continua y efectiva prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de todos los ciudadanos. Tales actuaciones se encuentran controladas disciplinariamente por la Procuraduría General, y serán reprochadas con la respectiva sanción cuando éstas se adecuen en alguno de los tipos previstos en el Código Único Disciplinario ya sea por deberes, prohibiciones, o mediante conductas catalogadas como faltas graves o gravísimas, las cuales se pueden dar en las etapas precontractual, contractual y postcontractual.Ítem El principio de "Presunción de Inocencia" en el régimen disciplinario Militar Colombiano(Universidad Militar Nueva Granada, 2015-12-16) Acevedo Pérez, Jhoana Catalina; Ariza, Ricardo ArturoEn el presente artículo se indica cómo el principio de presunción de inocencia en Colombia, inicia su carrera desde la perspectiva del derecho constitucional, en algunas ocasiones como una desmembración del debido proceso, en otras como una figura autónoma, hasta ser luego endilgado al derecho penal como un principio propio; donde el derecho disciplinario tan sólo se ha valido de forma desprevenida pero constante de las construcciones sustanciales de otras ramas, pero sin realizar un verdadero ejercicio analítico e independiente que cumpla con sus propias expectativas. A partir de allí, se realiza un análisis crítico desde la presunción de inocencia como derecho fundamental y principio constitucional, abordando las distintas garantías y formas que sustentan este principio y que han servido de bastión al orden social y a la justicia material en el Estado Colombiano. Así, se construyen alrededor del texto, conceptos generales aplicables a cualquier desarrollo del derecho sancionatorio, para luego decantar sus formas comprendiendo su aplicabilidad en el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Militares. A partir de la visión actual de las garantías del proceso, se inquiere sobre la necesidad de elaborar instituciones propias y especializadas; para finalmente, dejar abierta la puerta al debate sobre la responsabilidad de la academia en la dinámica y el futuro del Derecho Disciplinario y en la depuración científica del conocimiento puesto al servicio de la realidad social.Ítem La buena administración del estado”, derecho fundamental sin desarrollo en el ámbito disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-12-16) Rosas Tobito, Lehidy Andrea; Ariza López, Ricardo ArturoDurante décadas la búsqueda de un derecho a “la buena administración del estado” por muchos de nosotros persiste aun en estos tiempos, bien sea en los ordenamientos jurídicos internos de cada país o a través de pronunciamientos realizados por las diferentes organizaciones en el mundo, por ello, este derecho conjuga varios aspectos, entre ellos se encuentran: el debido proceso; los deberes; los derechos a participar en cada actuación administrativa a partir de las decisiones que adopte el Estado; la intervención para recurrir a fallos o a interponer recursos; el derecho a obtener información; el de exigir la intervención del Estado para solicitar a los representantes de la Administración, su pronta asistencia; y, también, el derecho a que no se presenten atropellos por parte de los agentes que hacen parte de alguna entidad gubernamental, por ello, para garantizar estos preceptos nosotros somos los llamados a evitar las “malas prácticas” o “corrupción”, ya que es necesario la pronta y efectiva actuación de los entes de control del Estado junto con el apoyo absoluto de la ciudadanía para frenar, tajantemente, estas anomalías y fomentar el imperio de la ley, pues como lo verificamos históricamente la Procuraduría hasta hace poco tiempo ha adelantado el desarrollo de este derecho, claro está sin mayores avances, en la nueva reforma de la ley disciplinaria incluyen el artículo 23, por lo cual “El derecho a la buena administración del estado”, no es reconocido como derecho, por lo que concluimos que los que participamos en la actividad disciplinaria, estamos llamados cambiar la retórica, exigiendo e intensificando la solicitudes al estado para que garantice este derecho, pues es deber del gobierno alcanzar la eficiencia y la eficacia requerida para tal fin, insisto no nos conformemos, tenemos las herramientas para reclamar al estado su buena gestión en el derecho disciplinario.Ítem En tratándose de valoración de conductas de funcionarios judiciales, el derecho jurisdiccional disciplinario incurre en responsabilidad objetiva(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Correa Sarmiento, Ana Cenuvieth; Ariza López, Ricardo ArturoUna de las áreas del derecho sancionatorio es el derecho disciplinario, el cual abarca a su vez dos enfoques, uno de carácter administrativo y el otro jurisdiccional, este último es el encargado de investigar el comportamiento de funcionarios judiciales y de abogados en el ejercicio de la profesión. En este artículo se determinarán las razones por las cuales se presenta una responsabilidad objetiva en el derecho jurisdiccional disciplinario al momento de evaluar las conductas cometidas por funcionarios judiciales, así como las consecuencias del no análisis de la ilicitud sustancial, para luego entrar a proponer una salida al problema, dejando el tema abierto a debate, en atención a que sobre el mismo, en lo académico, es poco lo que se ha deliberado.Ítem El control judicial que ejerce la jurisdicción de lo contencioso administrativo sobre los actos administrativos disciplinarios(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Murillo Calderon, Reter Francisco; Ariza López, Ricardo ArturoLas actos administrativos sancionatorios emitidos por los titulares de la acción disciplinaria regulada en la Ley 734 de 2002 tienen su génesis en la materialización de un proceso cuyo arraigo está en lo probatorio, inquisitivo y determinante, convirtiéndose en una de las manifestaciones más importantes del Ius Puniendi del Estado es su potestad disciplinaria, la cual tiene como propósito prevenir y sancionar aquellas conductas que atenten contra el cumplimiento de los deberes que se le atribuyen a los servidores públicos. Dicha labor disciplinaria, la encabeza la Procuraduría General de la Nación, cuyas decisiones dictadas por este ente de control son piezas sancionatorias directas del control de legalidad y constitucionalidad confiado al órgano de cierre de la jurisdicción contencioso administrativa, esto es, al Consejo de Estado, a través de su Sección Segunda. Por lo anteriormente expuesto, el presente artículo está encaminado en determinar en qué consiste y de qué manera se ejerce el control jurisdiccional de los actos administrativos de carácter disciplinario por parte del Consejo de Estado, quien en diversos pronunciamientos ha manifestado que los actos de control disciplinario adoptados por la Administración Pública y por la Procuraduría General de la Nación pueden ser revisados, modificados y hasta reemplazados por tratarse de actos administrativos.Ítem Análisis de la implementación del régimen sancionatorio derivado de la responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Díaz Castiblanco, Andrea Carolina; Ariza López, Ricardo ArturoLa Ley 1476 de 2011 ¨Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública¨, trae la implementación de un régimen sancionatorio poco explorado al ser aplicado a un sector exclusivo delimitado para personas naturales que presten sus servicios como responsables de bienes fiscales, circunstancia que pese a la normatividad que existe, se encuentran grandes vacíos doctrinales que sustenten y guíen su implementación es por esto que a través de este escrito se pretende aproximar al lector hacia el régimen de aplicación de la responsabilidad administrativa por perdida o daño de bienes de las entidades adscritas al Ministerio de Defensa con la finalidad de apoyar al conocimiento de la normatividad que aplica para los mismos y el procedimiento señalado para la realización de la investigación, direccionando estrategias de gran utilidad para ser tenidas en cuenta por parte de las personas que desarrollan el procedimiento. Es por esto que, se describen cada uno de las etapas procesales contempladas dentro del proceso de responsabilidad administrativa, desde las causales que dan apertura y las variantes presentadas a la hora de dar aplicabilidad a la investigación como lo es el proceso de cobro ante las Compañías Aseguradoras.Ítem Alcance de la intensificación de las relaciones especiales de sujeción en la fuerza pública(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Muñoz Figueroa, Angela Marcela; Ariza López, Ricardo ArturoCon el presente texto argumentativo se pretende realizar un análisis de las condiciones actuales en que se enmarcan las relaciones especiales de sujeción intensificadas en la Fuerza Pública, teniendo en cuenta que en la vida social se hace imprescindible regular comportamientos en el entendido de que “la justicia es el más alto criterio de valoración de la corrección de distribuciones y compensaciones.”1 Debiendo los funcionarios que desempeñan funciones públicas, cumplir con unos deberes y obligaciones que emanan de la Constitución Política, y para hacer efectivo el cumplimiento de tales deberes y funciones el Estado Colombiano cuenta, con el Régimen Disciplinario Único para el caso de los funcionarios públicos y con unos regímenes especiales para los miembros de la Fuerza Pública y de la Policía Nacional quienes también son funcionarios públicos.Ítem El impacto del código general disciplinario en el reglamento del régimen disciplinario para las fuerzas militares(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-22) Cardozo Vargas, Jemife; Valderrama, Iván DaríoCon la sanción del Nuevo Código General Disciplinario, se regulan varios temas a saber: en primer lugar se debe resaltar el esfuerzo del legislador por ampliar y organizar la estructura del Nuevo Código es así como se estructuró una parte General y una parte Especial, en la segunda parte se regulan novedosas figuras como; la Confesión, el Testimonio, la Peritación, la Inspección Disciplinaria, los documentos, el indicio, la unificación del procedimiento con la instalación y adelantamiento de la audiencia. Sin duda estos modernos temas ameritan una oportunidad desde la academia para establecer en el tema de los militares ¿cuál será el impacto que genera la aplicación del Nuevo Código General Disciplinario en el reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares?2 Este paradigma genera la necesidad de expedir un nuevo Régimen para las Fuerzas Militares, sin duda será un escenario oportuno para demandar la acuciosidad del órgano legislativo en busca de una tutela judicial efectiva y acceso oportuno y sin dilaciones injustificadas a la administración de justicia (fix-zamudio 1974,pg.23).Ítem Abandono del cargo, de problema administrativo a falta disciplinaria(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Jimeno Mayorga, Andrés Aníbal; Ariza, RicardoEl presente artículo pretende evidenciar, que si bien el Derecho Disciplinario es autónomo e independiente frente a otras disciplinas jurídicas que vigilan y regulan el ejercicio de los funcionarios públicos, existe una situación que genera una serie de vicisitudes administrativas, procedimentales y que ponen a prueba no solo a la administración pública sino la integridad jurídica y rectitud de quienes ostentan determinados cargos en las entidades estatales, en las que la Ley 734 de 2002, también conocida como Código Disciplinario Único (CDU), es la norma que rige el curso de los procesos sancionatorios internos. Un tipo de conducta en que la misma entidad debe actuar partiendo de diferentes procedimientos y en la que se espera, de manera habitual, un resultado coincidente.Ítem El soldado que presta el servicio militar es objeto de reproche disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Morantes Mancera, Giselle Milena; Ariza, RicardoAnte el lamentable desconocimiento y olvido ocasionado por el legislador al dejar fuera del ámbito de competencia especial de que trata el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Militares2 al soldado que presta el servicio militar obligatorio en sus distintas modalidades a saber: Regular, Bachiller, Campesino, es necesario analizar en el presente trabajo quien es el competente para investigar y sancionar al soldado que presta el servicio militar obligatorio en el Ejército Nacional dado la condición de servidor público que ostenta de carácter transitorio, para llevar a cabo el mismo se empleara la metodología descriptiva para llegar a concluir que el régimen aplicable al soldado que presta el servicio militar obligatorio ante la carencia de sanción en la ley 836/2003, es el Código Único Disciplinario ante la condición se servidor público por lo tanto el competente es la Procuraduría General de la Nación.Ítem La eficacia de los correctivos para encauzar la disciplina militar(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-22) Gamboa García, Yeile Danelli; Ariza López, RicardoEl derecho disciplinario tiene como fin asegurar el cumplimiento de la función pública, el adecuado funcionamiento y desempeño del servidor público en un régimen especial como el aplicable a las Fuerzas Militares ley 836 de 2003, se predica el mantenimiento y preservación de la “Disciplina Militar”, es por ello que en este trabajo se busca ilustrar de manera clara a los miembros de la Fuerza Pública a quienes ejercen la atribución de mandar, premiar, sancionar, castigar a los subalternos, la existencia del mecanismo por excelencia que mantiene y conserva la disciplina de ser utilizado correctamente es considerado “idóneo y eficaz” “correctivos” para encauzar la disciplina en el interior de la fuerza siendo el menos lesivo, el más generoso y benévolo, el que evita llegar al medio sancionatorio y lo deja como ultima ratio en el agotamiento de los medios legalmente establecidos en el régimen disciplinario de las Fuerzas Militares para mantener la disciplina militar, la metodología empleada en el presente trabajo es la jurídica deductiva tomando como fuente directa el régimen disciplinario aplicable a las Fuerzas Militares Ley 836/2003 para aplicar el método analítico conceptual básicamente tendiente a determinar un problema jurídico especifico que implica establecer si ¿el correctivo como medio para encauzar la disciplina militar, es idóneo, eficaz y permite conservar y mantener la disciplina en el interior de la fuerza al punto de evitar llegar a la utilización del medio sancionador? Poder arrimar a los siguientes resultados y conclusiones; con la utilización idónea y eficaz que brinda el correctivo y mantiene la disciplina, se evita un desgaste administrativo a las cargas impositivas del estado cuando inicia la acción disciplinaria y no logra encauzar la disciplina militar, dejando al militar sin una clara aplicación material de la justicia, impidiendo la reprensión por cualquier medio ante la extralimitación o trasgresión del régimen disciplinario, o faltar a la disciplina militar, se concluye que de los medios establecidos legalmente es el medio más saludable, más útil, que con su adecuada utilización, en el momento indicado ayuda a descongestionar coordinaciones jurídicas militares, evita demandas administrativa, sirve como antecedente para que el estado a través del funcionario competente le deje un mensaje claro al militar que se encauza la disciplina militar como primera opción más favorable y que permite brindar un escenario de correctivo en casa para cuando sé acuda al medio sancionador sea la última razón de ser en los medios para encauzar la disciplina.Ítem La proporcionalidad de la sanción en el derecho disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-12-19) Meléndez Páez, Edwin Camilo; Sandoval Mesa, JaimeEl principio de proporcionalidad en materia disciplinaria en Colombia, se muestra un tanto difícil de comprender, toda vez que en los fallos de los operadores disciplinarios se permean aspectos meramente subjetivos y en algunas ocasiones temas políticos que denotan claramente inseguridad jurídica respecto de la jurisdicción disciplinaria. Como un claro ejemplo de estas apreciaciones tenemos los fallos disciplinarios de los miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, que en muchas ocasiones son veredictos finales de una lucha de poderes, que traen como consecuencia decisiones muchas veces injustas, en vista que las sanciones son el resultado de los caprichos de algunos o la inexperiencia de otros.Ítem Oficina de control disciplinario interno Ejército Nacional(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) López Santos, Jessica Paola; Ariza López, Ricardo ArturoCon el presente trabajo se pretende justificar Jurídicamente la viabilidad de Crear la Oficina de Control Disciplinario al interior del Ejercito Nacional, contrario a lo que se denomina en la actualidad “Coordinación Jurídica Militar” esta figura Jurídica, permitirá Garantizar a los investigados, el principio de imparcialidad, moralidad, igualdad, pronta y cumplida administración de Justicia ,el desempeño de las funciones con personal idóneo, capacitado, especializado y elegido con las más altas calidades, de esta forma dar cumplimiento a lo expresamente en el artículo 76 de la ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único.Ítem La revocatoria directa y sus limitantes al derecho de defensa(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Aldana Mejía, María Angélica; Ariza López, Ricardo ArturoA partir de un análisis crítico, concreto y completo sobre la procedibilidad de la revocatoria directa, que para su solicitud requiere que el peticionario no haya interpuesto recursos ordinarios, se busca responder si este principio de procedibilidad es violatorio al derecho de defensa y al debido proceso como derechos fundamentales, los cuales deben desarrollarse en el marco de cualquier actuación judicial o administrativa.Ítem El alcalde municipal y la menor rigurosidad en el derecho disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-12-01) Polanco Jiménez, Guillemo ErnestoLa institución del alcalde colombiano, visto desde el ámbito de los requisitos para acceder al empleo público de máxima autoridad administrativa en el municipio, implica que la potestad sancionatoria del Estado, sea ejercida en estos casos con menor rigurosidad en prevalencia del principio democrático, los principios que rigen la actuación disciplinaria de los servidores públicos y las causales de exclusión de responsabilidad.Ítem Autoridades disciplinarias militares: una lectura desde el posconflicto en Colombia(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-09-27) Giraldo Zabaleta, Mariana; Ariza López, Ricardo ArturoCiertamente, el derecho disciplinario no solo asiste al Estado para que ejerza su potestad sancionadora mediante el control de sus servidores públicos o particulares que desempeñen funciones públicas, singularmente como se desarrollara en este artículo, las normas disciplinarias por medio de sus autoridades, contribuyen al posconflicto en Colombia toda vez que su aplicación efectiva en pro del cumplimiento de las normas militares de conducta establecidas en el régimen disciplinario para las Fuerzas Militares, contribuyen al desarrollo y fortalecimiento institucional de las mismas, llevando a la profesionalización de los castrenses lo cual es un elemento indispensable para esta etapa futura que debe superar la sociedad Colombiana.Ítem Posturas dogmáticas de la ilicitud sustancial en el contexto del derecho disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-23) Manchego Infante, Paola Andrea; Ariza López, Ricardo ArturoEl presente artículo analiza la evolución y perspectiva del derecho disciplinario en el Estado Colombiano, a través de la delimitación jurídico-doctrinal de la ilicitud sustancial como principio que promueve la materialización de los fines esenciales del Estado, función pública y potestad sancionatoria, analizando concretamente el discurrir de las posturas dogmáticas que han sido desarrolladas y aplicadas conforme el principio en mención.Ítem Impacto de los cambios sustanciales y procesales al sistema Jurídico Disciplinario y su alcance para combatir la corrupción(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Romero Urueña, Dayana Yubely; Ariza López, Ricardo ArturoUno de los aspecto fundamentales de un Estado Social de Derecho como el nuestro, es el control al cual deben estar sometidos los ciudadanos, más aún, si se les ha endilgado funciones públicas. De esta idea se desliga la importancia del Derecho Sancionador, el cual es una herramienta que ayuda a contrarrestar a través de investigaciones y sanciones, las conductas antijurídicas –sean acciones u omisiones- que atenten contra los fines del Estado. He ahí la permanente lucha del gobierno por construir un cuerpo normativo que de forma efectiva sirva como instrumento para combatir la corrupción. Una norma eficaz que pueda ser utilizada para la defensa de los intereses comunes. Así surge el ánimo por reorganizar y complementar el ya unificado Código Disciplinario. Por lo anterior es de suma importancia analizar los principales cambios sustanciales y procesales como la inclusión de algunos principios mínimos, la definición de los conceptos de dolo y culpa y el ajuste y clarificación de la prescripción.Ítem El Miedo Insuperable como causal eximente de responsabilidad en el Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares de Colombia(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) De los Rios Castrillón, Yessika YureinyCon el presente artículo se busca evidenciar que el miedo insuperable como causal de justificación en materia Disciplinaria, está vedada para los miembros de las Fuerzas Militares, dado que algunas faltas de naturaleza Grave y Gravísima que compila la Ley 836 de 2003 “Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares”, desconoce dicho justificante y en consecuencia da inicio a las respectivas acciones disciplinarias que de acuerdo con la percepción del hecho, puede estar enmarcada en alguna de las faltas disciplinarias que se describirán a continuación, que por ser algunas de naturaleza gravísima puede el proceso concluir en una hipotética separación de la fuerza más la respectiva inhabilidad para ejercer cargos públicos que oscila desde diez (10) hasta veinte (20) años, y en el menor de los casos que son las faltas graves, puede ser sancionado con una suspensión sin derecho a remuneración hasta por noventa (90) días con las consecuencias descritas en las inhabilidades especiales de que trata la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario para los Servidores Públicos), así como el retardo para los ascensos, la no consecución de comisión de estudios en el ámbito nacional como internacional, retardo para la pensión y hasta discriminación laboral.Ítem El principio de proporcionalidad como límite de la potestad sancionadora del estado(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-12-13) Pinzón Cáceres, María Eugenia; Sandoval Mesa, JaimeA partir de la realización de un análisis normativo, constitucional, jurisprudencial y doctrinal, se pretende con el presente artículo, establecer si existe en el ejercicio de la potestad sancionadora del Estado límites a dichas facultades y verificar cual es el rol que tiene del principio de proporcionalidad dentro de esos límites. Para ello se estudiará desarrollo legal del principio de proporcionalidad en el derecho disciplinario colombiano, el reconocimiento doctrinal y jurisprudencial de este como principio integrante del derecho sancionador, con el objeto de constatar cómo influye y cuál es su ubicación en el proceso disciplinario, en la imposición de las respectivas sanciones.Ítem La falla en la prestación del servicio médico y la acción de repetición(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-25) Matiz Moreno, Leidi Diana; Ariza Lopez, Ricardo ArturoEn diferentes épocas de la historia, la responsabilidad del médico se ha encaminado hacia el cumplimiento de deberes u obligación tanto frente a quien se remite a solicitar su servicio en calidad de paciente como frente al estado, representado por la entidad prestadora de salud.Ítem Versión libre y espontánea en materia disciplinaria (ley 734/2002 y regímenes especiales ley 836/2003 FFMM y 1015/2006 Policía Nacional(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-23) Vidal Velez, Luz Adriana; Ariza, RicardoFrente al tema del derecho disciplinario sancionatorio entraremos a revisar como en Colombia se aborda en específico el tema de la versión libre y espontánea, teniendo en cuenta su historia, el concepto fundamental de versión libre y espontánea, si se ha respetado como derecho o sigue siendo tomada como deber, pues si bien es cierto vemos como en muchas coordinaciones jurídicas militares, los operadores utilizan este medio de defensa erróneamente, enfocándolo y usándolo como prueba, causando traumatología y dando como resultado nulidades procesales, pues cuando los presupuestos facticos son dados así, los abogados defensores invocan violación de derechos y principios fundamentales, por ende haremos una fundamentación jurisprudencial colombiana y un análisis comparativo a nivel internacional sobre la aplicación y manejo del tema disciplinario en otro país, para determinar el manejo al derecho disciplinario, que ley lo rige, y que aportes se dan, no es debido que el versionado sea llamado dentro de un proceso, su derecho de versión libre y espontánea se le da al comienzo del proceso disciplinario en concordancia con la norma facultativa, es por esto que se debe dejar fundamentado que la versión libre y espontánea es un Derecho y no un deber y su aplicación debe ser como tal.Ítem Tribunal de ética jurídica(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-24) Rojas Quesada, Laura Marcela; Ariza López, RicardoUna de las propuestas que en los medios de comunicación fue ventilada y que llego a significar una lucha que se extendió por años, fue aquella librada por los abogados en ejercicio de su profesión, la misma tuvo su origen en la necesidad de conformar un tribunal de ética jurídica, órgano que se encargaría de fijar los preceptos esenciales dirigidos a ejercer la función disciplinaria de la profesión así como los lineamientos para llevar a buen termino el ejercicio de la abogacía, propuesta que hoy toma mas fuerza con el respaldo constitucional dado en la reforma de “equilibro de poderes”. El propósito del presente articulo es el de establecer algunos aspectos estructurarles, normativos y orgánicos que podrían llegar a ser importantes si la propuesta llegara a consolidarse como Ley de la Republica, revisando experiencias desde la práctica de una profesión paralela, lo anterior teniendo en cuenta el sentido social del que esta investida la profesión de la medicina, coincidiendo lo anterior con la naturaleza de la abogacía, igualmente analizando paralelamente el desarrollo de la temática mentada en otro país, como España, al contar con sistemas similares y con la experiencia comprobada de contar con un Organismo similar que pretende ser implementado en Colombia, la cual guiarían la construcción de un proyecto de ley encaminado en guiar el ejercicio de la profesión.Ítem Control de legalidad en la reforma del Código Único Disciplinario “Ley 734 de 2002”(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-12-15) Pachon Sorza, Jenny Adriana; Ariza Lopez, Ricardo ArturoSe trata de un artículo de reflexión que tiene como fundamento resaltar la importancia del Principio de Legalidad que en materia penal es expresado en el aforismo latino nullum crimen, nulla poena sine praevia lege, inmerso en toda la normatividad vigente en nuestro país, en especial el Proyecto de Reforma del CUD, tema principal de este artículo donde su connotación no es solo a nivel nacional sino también internacional, así las cosas, la relevancia de este documento radica en resaltar la existencia de este Principio Constitucional en el Proyecto de Reforma del Código Único Disciplinario, recalcando las garantías sustanciales y procesales definidas en cada uno de los procedimientos investigativos disciplinarios en que se vean inmersos los servidores públicos. Así mismo, exaltar las modificaciones que en materia de derechos fundamentales y principios constitucionales se desarrolló de manera íntegra en el proyecto de reforma.Ítem Revocatoria directa de las decisiones disciplinarias(Universidad Militar Nueva Granada, 2017-01-26) González Mahecha, Jorge; Sandoval, JaimeLa figura de la revocatoria directa, establece que la administración al advertir un error sobre sus decisiones puede revocar directamente los actos que por ella han sido proferidos, es así como las decisiones de fondo dentro de un proceso disciplinario son susceptibles de revocar sólo cuando infrinjan manifiestamente las normas constitucionales, legales o reglamentarias en que deben fundarse o cuando con ellos se vulneren o amenacen manifiestamente los derechos fundamentalesÍtem La inimputabilidad como causal de eximente de responsabilidad en el proceso disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-11-25) Robayo Garces, Erika Libet; Ariza López, RicardoCuando un funcionario publico comete una falta disciplinaria siempre nos preguntamos ¿por qué razón se realizó esta conducta? Y al encontramos frente a la inimputabilidad como una posible causal de eximente de responsabilidad, entramos a analizar el trastorno que se hubiese podido presentar con cada una de estas conductas en particular y la forma como podríamos probar o desvirtuar la misma dentro del proceso disciplinario. Cada caso siempre será distinto e independiente y de allí la importancia de analizarlos como si fuera el único, ya que existen gran variedad de trastornos mentales, inclusive algunos tan leves que pueden pasar desapercibidos para la mayoría de nosotros, algunos de estos son: los ataques de ansiedad, trastorno obsesivo compulsivo, depresión, esquizofrenia, trastornos transitorios e incluso la ira y el intenso dolor entre otros; y así después de investigar qué tipo de pruebas podríamos hacer valer en estos particulares casos, se determina que la única manera de probar que existe la inimputabilidad como eximente de responsabilidad, es el dictamen pericial de un psicólogo o médico psiquiatra.Ítem Implicaciones jurídicas para el soldado en prestación del servicio militar obligatorio como destinatario de la ley disciplinaria(Universidad Militar Nueva Granada, 2011) Muñoz Muñoz, Nel Goulliano; Carvajal Velasquez, Leonardo AndrésDesde la implementación de los regímenes de responsabilidad disciplinaria y particularmente el concerniente a los miembros de las Fuerzas Militares de Colombia, no se ha tenido claridad sobre la inclusión como destinatarios de las normas allí consignadas a los soldados que prestan su servicio militar obligatorio. Téngase en cuenta que gran parte del Ejercito Nacional, como institución parte de las Fuerzas Militares de Colombia, se encuentra conformado por Soldados en las modalidades de Bachiller, Regular y Campesinos, que están en calidad de prestación del servicio militar obligatorio; conforme a ello se generan conductas graves y gravísimas que atentan contra la disciplina. El Régimen disciplinario para las Fuerzas Militares, si bien para unos los considera como destinatarios, los procesos disciplinarios no se adelantan, por considerarse la imposibilidad de aplicar la ejecución de la sanción, esta situación fomenta la indisciplina tanto en el área de operaciones, como en las guarniciones Militares y el entorno con la población civil.Ítem Marco jurídico aplicable en investigaciones disciplinarias adelantadas por muertes en combate en el Ejército Nacional(Universidad Militar Nueva Granada, 2010) Pulido Murcia, Silvia AngélicaEn el desarrollo de las operaciones militares nos encontramos que éstas se pueden realizar en el marco de dos grandes ordenamientos: 1. DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO y 2. DERECHOS HUMANOS. Para lo anterior, se han establecido unas REGLAS DE ENCUENTRO las cuales generan los parámetros para el enfrentamiento armado, ya sea en el marco de unas REGLAS DE ENFRENTAMIENTO PARA EL COMBATE TERRESTRE (DIH) o REGLAS DE USO DE LA FUERZA PARA LA CONDUCCION DE OPERACIONES TERRESTRES DE MANTENIMIENTO DE LA SEGURIDAD (DDHH). Al desencadenar dichas operaciones en cualquiera de los escenarios presentados, en un resultado operacional (MUERTE EN COMBATE) se da inicio a investigaciones de índole penal, disciplinarias y/o administrativas. En el presente documento se hacen una serie de recomendaciones de como adelantar las investigaciones disciplinarias, teniendo en cuenta el marco aplicable al evento presentado, ya que las pruebas decretadas quedarán al libre albedrío del fallador siempre que las mismas sean conducentes y pertinentes. Para las investigaciones en un hecho ocurrido a las luces del Derecho Internacional Humanitario, deberá verificarse la aplicación de los principios de la guerra (Distinción, limitación, proporcionalidad, humanidad y necesidad Militar, siendo éste último el que permite el uso proporcionado de la fuerza durante un conflicto armado, para lograr que el enemigo se rinda), mientras que si se esta frente a un hecho en el campo de los Derechos Humanos, se deberá demostrar que se estaba actuando amparado bajo una causal eximente de responsabilidad.Ítem Criterios de la Procuraduría General de la Nación, para determinar la responsabilidad disciplinaria de los agentes del estado por graves violaciones al DIH(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-10-16) Jacinto Forero, María Alejandra; Sandoval Mesa, JaimeLa problemática que recae sobre las muertes en combate producidas por las por miembros del Ejército Nacional, en consideración a que son denotadas como falsas e ilegitimas acciones para cumplir el cometido constitucional del Ejercito Nacional; ha producido la desnaturalización de las muertes en combate licitas y legítimas, al tiempo de propiciar, un prejuzgamiento al momento de tomar decisiones el operador disciplinario; si bien es cierto, el sujeto disciplinable goza de la presunción de inocencia, no menos cierto es que las ejecuciones extrajudiciales han minado este postulado constitucional a tal punto que el derecho disciplinario, tendría una serie de criterios facticos, jurídicos y probatorios a la hora de ejercer el derecho a castigar, se ejercería arbitrariamente.Ítem Análisis de convencionalidad de las destituciones de servidores públicos frente a los derechos civiles y políticos(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-08-12) Montaño López, Jair Antonio; Sandoval Mesa, Jaime AlbertoEl presente artículo muestra una revisión sobre la normatividad, jurisprudencia y doctrina que trata sobre la convencionalidad del derecho sancionatorio o disciplinario, este ejercido sobre los empleados públicos vinculados a los estados; se hace un paralelo comparativo entre el derecho internacional y el derecho interno; además se examinan diversos fallos pertinentes al tema proferidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos; para finalizar se hace una reflexión sobre la convencionalidad y la conveniencia del ejercicio del ius puniendi en materia disciplinaria por parte de los Estados.Ítem La vinculación de hecho del investigado en el proceso disciplinario(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-10-13) Alvarez López, Johanna María; Ariza López, Ricardo ArturoEl presente artículo tiene como propósito plantear las consecuencias que conlleva la vinculación de hecho del investigado o indagado, en el proceso disciplinario, en las diversas modalidades que trae la Ley 734 de 2002, Código Único Disciplinario. Indicar, cómo a partir de su vinculación a la actuación se garantiza el mínimo de sus derechos como sujeto procesal; así como analizar las formas recurrentes en que el operador disciplinario vincula de hecho al proceso, y cómo ésta situación afecta el debido proceso y el derecho de defensa; así como plantear el efecto que conlleva esa irregularidad hasta generar un vicio; y por último, revisar las formas correctas de vinculación al proceso.Ítem El cobro coactivo sanción que vulnera derechos fundamentales del servidor público(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-10-07) Torrente Martínez, Nubia; Sandoval, JaimeMi propósito es presentar un planteamiento de si realmente la sanción que se hace a través del Cobro Coactivo Vulnera Derechos Fundamentales a los Servidores Públicos, para esto se extraerá de un caso real y concreto de un Cobro Coactivo ejecutado a un servidor público, quien sin importar las circunstancias en las que estuvo inmerso dicho servidor, dejo como consecuencia total afectación y vulneración de sus derechos fundamentales, la vida , el patrimonio y el trabajo. Para lo anterior se hace necesario desarrollar y precisar conceptos jurídicos de La Sanción y su Proporcionalidad, Derechos Fundamentales, Servidor Público, y Cobro Coactivo, de nuestro ordenamiento legal. La razón es el cuestionamiento que nace sobre las altas estadísticas sobre un sin número de servidores públicos sancionados de nuestras instituciones con cobros coactivos, buscando de manera inclemente el alcance de este procedimiento que es la recuperación de acreencias del mismo Estado. Aquí cuestiono ¿El funcionario público también es Estado?Ítem Efectos disciplinarios por la responsabilidad de la prestación del servicio de agua potable en la ciudad de Yopal-Casanare(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-08-12) Rincón Albarracín, Ana Merita; Sandoval, JaimeLos efectos disciplinarios por la responsabilidad atribuible al obrar de un servidor público, quienes en el ejercicio de su cargo disponen de recursos que han sido entregados al fisco por el ciudadano común para ser convertidos en obras, bienes y servicios en beneficio de la comunidad, se encuentran bajo el autocontrol de la atribución disciplinaria y son reprochadas con la correspondiente consecuencia jurídica cuando sean sustancialmente ilícitas, se adecuen a los tipos previstos en el régimen común y en los especiales bien sea como deberes, prohibiciones o como conductas catalogadas directamente como faltas graves o gravísimas, las cuales pueden surgir en cualquiera de las etapas del proceso de contratación.Ítem Regímenes sancionatorios administrativos, la aplicación de los principios para la eficacía del servicio frente a las garantías de los procesados(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-08-16) Romero Suárez, Paula Vanessa; Sandoval, Jaime AlbertoEn el universo del derecho sancionatorio sanitario aplicado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, han surgido un sin número de problemáticas jurídicas; las más relevante y analizada en muchos momentos, ha sido la determianción y convenciencia de la aplicabilidad del procedimiento contenido en las normas sanitarias de caracter especial para cada materia, frente a la implementada por la Ley 1437 de 2011. Frente a ello, luego de analizar cuidadosamente cada una de las diferencias que cada uno de los procedimeintos ofrece tanto al investigado como a la autoridad sanitaria, se observa, entre otros muchos aspectos, que dicha disputa obedece a las distintas favorabilidades que ofrecen estos dos bandos normativos frente al investigado, constituyendo el, Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, una posición mucho más garantista que la otrogada por los procedimientos especiales.Ítem Afectación del principio de presunción de inocencia frente a los efectos otorgados al pliego de cargos por el Decreto 1799 de 2000(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-04-26) Flórez Simanca, Daisy Johanna; Ariza López, Ricardo Arturo; Valderrama Romero, IvanEl Estado goza de la facultad del Ius Puniendi para imponer penas y sanciones que le permitan mantener un orden social justo buscando prevenir y disuadir a los coasociados de cometer conductas que afecten la sana convivencia. En el caso de los servidores públicos, en atención a las relaciones especiales de sujeción, el régimen de responsabilidad se agrava al establecer que la misma se atribuye por omisión o extralimitación en el deber funcional. Sin embargo, la potestad estatal debe someterse a las garantías mínimas reconocidas universalmente para su validez y eficacia, entre ellas la presunción de inocencia, según la cual, toda persona se presume inocente mientras no se demuestre lo contrario. Por lo tanto, no puede afectarse derechos subjetivos a los servidores públicos disciplinados al otorgarse efectos jurídicos a actos administrativos que el legislador no proveyó inicialmente y que no resuelven de fondo y en forma definitivamente su responsabilidad, como ocurre en el pliego de cargos.Ítem El Ejercicio del poder preferente disciplinario en Colombia(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-04-26) Jurado Alvarado, Andrea Patricia; Ariza López, Ricardo Arturo; Valderrama Romero, Iván DaríoEl constituyente primario dispuso que Colombia se organizaría bajo el modelo de Estado Social de Derecho y por lo tanto su existencia se supedita al cumplimiento de unos fines concretos orientados básicamente al cumplimiento del interés general.Ítem Naturaleza jurídica del derecho disciplinario en el derecho comparado: Colombia, España y Chile(Universidad Militar Nueva Granada, 2016-06-26) Caviedes Páez, Ingrid Katherinne; Sandoval, JaimeEn el presente artículo se exponen las principales posturas de la doctrina, la jurisprudencia y la dogmática de países como Colombia, España y Chile respecto de la determinación de la naturaleza jurídica del Derecho disciplinario de los servidores públicos, dado que su origen reciente y la importancia que ha venido adquiriendo en el contexto de la Administración Pública ha traído consigo una discusión acerca de su aproximación o especificidad respecto del derecho penal, del derecho administrativo, o por el contrario, su consideración como disciplina jurídica autónoma cercana al Derecho público y al Derecho sancionatorio como representación de la potestad punitiva del Estado.