Revocatoria directa de los fallos sancionatorios en el régimen disciplinario
Direct recall of the sanctioning sentences under the disciplinary order
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Citación
Fecha
2014-08-04Autor
Santamaria Sanchez, Marcela
Título obtenido
Especialista en Derecho Sancionatorio
Publicador
Universidad Militar Nueva Granada
Palabras claves
; derecho administrativo – colombia; revocacion (derecho) - aspectos juridicos – colombia; accion revocatoria - aspectos juridicos – colombia
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Resumen
El objetivo del presente trabajo es analizar la manera en que se rompe la
seguridad jurídica cuando el Estado en el ejercicio de su poder sancionador, puede llegar a vulnerar normas constitucionales, legales, reglamentarias, o cuando se vulneren o amenacen derechos fundamentales, afectando grave e injustificadamente al servidor
público sancionado así como al interés general, pero que al aplicar la figura de la
revocatoria directa surge la posibilidad de que el mismo Estado corrija de manera
unilateral la ilegalidad en que incurrió con el fin de restablecer la seguridad jurídica
como garantía para los valores constituciones que debe proteger.
La Revocatoria Directa en materia disciplinaria es la excepción a la
inmutabilidad y obligatoriedad de la cosa juzgada contemplada en los artículos 122 a
127 de la Ley 734 de 2002, luego no es absoluta puesto que el fallador emisor de la
sanción o la Procuraduría General de la Nación, están investidos de poder para revocarla directamente y así evitar el tránsito a cosa juzgada de un fallo que ha infringido
manifiestamente las normas constitucionales y que, evidentemente, quebranta la
confianza legítima que sustenta la presunción de legalidad del acto expedido bajo tales circunstancias afectando así el interés general.
The aim of this work is to analyze the way in which legal certainty is broken
when the State exercising its sanctioning power can breach constitutional, legislative or
regulatory rules, or when fundamental rights are violated or threatened, unfairly
affecting the sanctioned public official as well as any general interest. Once the recall is
applied, the possibility arises that the State itself unilaterally correct the incurred
illegality in order to restore legal certainty, which is the guarantee of constitutional
values that must be protected.
A direct recall is the exception in disciplinary matters to the immutability and
enforceability of res judicata under articles 122 to 127 of Act 734 of 2002, then it is not
absolute because the General Attorney’s Office is invested with power to revoke it
directly to avoid the res judicata of a judgment which has manifestly infringed the
constitutional rules and breaks the underlying presumption of legality of the act issued
under such circumstances affecting the public interest.
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- Derecho Sancionatorio [145]