Obligaciones legales del primer respondiente dentro de la administración en la seguridad privada
Legal obligations of the first respondent within the security administration
Citación
Fecha
2021-06-25Autor
Duarte Palomino, Rafael Leonardo
Título obtenido
Especialista en Administración de Seguridad
Palabras claves
; seguridad ciudadana; policia privada
Metadatos
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Resumen
Atendiendo la importancia de la seguridad en nuestro País debido a los grandes problemas que nos han venido acompañando a lo largo del siglo XX permeados hasta hoy, y los esfuerzos que han desarrollado los gobiernos de turno para evitar que el estado de tranquilidad de todos los habitantes dentro del territorio nacional sea protegido y salvaguardado por diferentes figuras jurídicas, tales como la Ley 61 y 62 de 1993 las cuales son normas que garantizan la reglamentación de armas, municiones y explosivos en los dos sectores, junto con el nacimiento de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, empiezan a satisfacer necesidades relevantes en materia de seguridad.
Corolario con lo anterior, el Decreto 356 de 1994, el cual expide el estatuto de vigilancia y seguridad privada es promulgada con el propósito de colaborar en conjunto con la Policía Nacional, las Fuerzas Militares y autoridades judiciales en general para permear el estado bienestar que está en cabeza del Estado colombiano.
Igualmente, dentro de nuestro actual ordenamiento jurídico se ha introducido obligaciones en materia de seguridad nacional como lo son las correspondientes al primer respondiente o responsable hoy a cargo exclusivamente de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, quienes deben ejecutar previo al inicio de las investigaciones penales que realizan las autoridades a cargo, exigencia que debería ser introducida a todo el personal que tiene que ver con el estado de tranquilidad.
Así las cosas, en el presente documento se busca introducir la obligación con la que cuenta el primer respondiente en la administración de la seguridad privada y su posible impacto frente a la inclusión de las recomendaciones dadas en el presente escrito, toda vez, que para nadie es desconocido la necesidad actual de la modificación normativa y cultural desarrollada por el agente de seguridad privada en la detección, retardo, mitigación o eliminación de actos delictivos dentro del lugar de trabajo, por cuanto esto constituye un gran aporte a las instituciones judiciales dentro de sus procesos.
Considering the importance of security in our Country due to the great problems that have been accompanying us throughout the twentieth century permeated until today, and the efforts that the governments of the moment have developed to prevent the state of tranquility of all the inhabitants Within the national territory, it is protected and safeguarded by different legal figures, such as Law 61 and 62 of 1993, which are norms that guarantee the regulation of weapons, ammunition and explosives in the two sectors, together with the birth of the Superintendency of Surveillance. and Private Security, begin to satisfy relevant security needs.
Corollary to the foregoing, Decree 356 of 1994, which issues the statute of surveillance and private security is promulgated with the purpose of collaborating in conjunction with the National Police, the Military Forces and judicial authorities in general to permeate the welfare state that is at the head of the Colombian State.
Likewise, within our current legal system, national security obligations have been introduced, such as those corresponding to the first respondent or person responsible today exclusively in charge of the Military Forces and the National Police, who must execute prior to the initiation of criminal investigations. carried out by the authorities in charge, a requirement that should be introduced to all personnel that has to do with the state of tranquility.
Thus, this document seeks to introduce the obligation of the first respondent in the administration of private security and its possible impact against the inclusion of the recommendations given in this writing, since for no one The current need for the normative and cultural modification developed by the private security agent in the detection, delay, mitigation or elimination of criminal acts within the workplace is unknown, as this constitutes a great contribution to judicial institutions within their processes.