Non bis in idem y el debido proceso de los abogados que ejercen la abogacía en la función pública
Citación
Fecha
2013-04-012012
Autor
Marín Chávez, Leidy Marian
Moreno Gamba, Jenny Carolina
Título obtenido
Especialista en Derecho Sancionatorio
Publicador
Universidad Militar Nueva Granada
Palabras claves
; non bis in idem; funcionarios publicos
Metadatos
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Resumen
El principio del non bis in ídem es un principio que garantiza a toda persona no ser juzgado dos veces por lo mismo, permitiendo la aplicación del debido proceso, si un funcionario público comete una conducta tipificada en el derecho penal - disciplinario, no se genera dualidad de sanciones y/o prohibiciones ya que son de jurisdicciones de distinta naturaleza, pero si el servidor público es abogado que ejerce la abogacía en la función pública, realiza una conducta que como profesional del derecho transgrede la ética profesional y como servidor público afecta la función pública, por cuanto es procedente que este funcionario sea sancionado e investigado bajo los parámetros de dos disposiciones normativas (la ley 1123/2007 y la ley 734/2002), situación con la cual podría verse afectado este principio y consecuente con ello al debido proceso, lo cual generando inseguridad jurídica.
Colecciones
- Derecho Sancionatorio [145]