El consentimiento presunto como mecanismo para el suministro oportuno de órganos y componentes anatómicos a pacientes en espera de trasplante en Colombia
The efficacy of presumed consent as a mechanism for timely delivery of organs and anatomical components to patients awaiting transplantation in Colombia
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Fecha
2018-06-19Autor
Rusinque Nova, Pedro José
Castro Castañeda, Katherine Adriana
Título obtenido
Abogado
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Resumen
Pregunta Problema: ¿De qué forma la ampliación del consentimiento presunto
para la donación de órganos en Colombia es eficaz para la atención oportuna de
pacientes en espera de trasplante? El presente trabajo comprende un análisis aproximado de derecho comparado
sobre la eficacia del consentimiento presunto para la donación y trasplante de órganos
en Colombia y España, desde diferentes perspectivas científicas, entre ellas: la jurídica,
la económica y la sociológica. Dentro de las cuales se incluyen algunos de los
principales debates y dilemas éticos que supone el desarrollo de procedimientos para
la obtención de órganos y componentes anatómicos humanos, con fines de trasplante,
de acuerdo a cada legislación, en condiciones posteriores al fallecimiento del donante.
Asimismo, mediante el presente artículo se pretende establecer, si desde el
enfoque de la eficacia, la norma que amplía el consentimiento presunto para la
donación de órganos y componentes humanos en Colombia, resulta aplicable a la luz
del ordenamiento jurídico y tiene vocación de promover y mejorar de forma
considerable, dentro de los límites permitidos, estos procedimientos para propósitos
terapéuticos. Teniendo en cuenta además las cifras de donantes y el grado de
altruismo que ostenta la cultura colombiana frente a las cifras de donación de órganos
de uno de los sistemas de trasplante más exitosos del mundo, como es el que preside
España.
En tales términos se debe indicar que el consentimiento presunto es un
mecanismo legal que permite obtener la autorización necesaria para que el médico
tratante proceda a la extracción de uno o varios órganos vitales del donante fallecido a
efectos de ser trasplantados a un paciente que lo requiera; asimismo, se constituye en
una garantía de tratamiento y promoción relativa para afianzar la disponibilidad de
órganos humanos a todos los pacientes, de forma altruista y oportuna.
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Ahora bien, con la entrada en vigencia de la Ley 1805 de 2016, se logró ampliar
aún más el alcance del consentimiento presunto para la donación de órganos en
Colombia, y se restringió el derecho de oposición que eventualmente llegaban a tener o
presentar sus familiares o deudos en contra de la voluntad expresada por el donante en
vida, una situación que convierte a todos los colombianos mayores de edad en
potenciales donantes post-mortem de todos sus órganos y componentes humanos (a
menos que ellos mismos se opongan en vida a dicho procedimiento), los cuales, sin
lugar a dudas serán utilizados para trasplantes con propósitos terapéuticos.
Igualmente, se puede decir que la autonomía del consentimiento presunto se
fortalece aún más con la existencia de un trámite especial, de parte del potencial
donante, que se quiera negar al procedimiento de trasplante y extracción de sus
órganos post-mortem, toda vez que en vida solo se podría plasmar su voluntad de
negación de forma expresa, mediante la autenticación ante notario de su decisión, la
cual además deberá radicarse ante el Instituto Nacional de Salud (INS) del Ministerio
de la Salud (MS), situación que también se sobrepone a la regulación existente en
torno a las disposiciones testamentarias reguladas por el Código Civil (que no exigen
formalidades tan especiales al testador para hacer valer su consentimiento).
En cualquier caso, es claro que la implementación de estas nuevas reglas de
juego para los procedimientos de donación de órganos, encontrarán su primer
obstáculo en los serios problemas de financiación y de cobertura que atraviesan en la
actualidad tanto el Sistema General de Salud, como la mayor parte de las entidades e
instituciones prestadoras de servicios médicos en Colombia (tanto del régimen
contributivo como el subsidiado), pues es un hecho notorio que desde los tratamientos
médicos complejos, pasando por la asignación de citas oportunas, hasta el suministro
oportuno de los medicamentos de alto costo se han convertido en un dolor de cabeza
para la mayoría de usuarios y afiliados del sistema, quienes todavía demandan un
mejor servicio y una mejor atención.
The present work includes an approximate analysis of comparative law
on the effectiveness of presumed consent for organ donation and transplantation
in Colombia and Spain, from different scientific perspectives, among them: the legal one,
the economic and the sociological. Among which are some of the
main debates and ethical dilemmas involved in the development of procedures for
obtaining organs and human anatomical components, for transplant purposes,
according to each legislation, in conditions subsequent to the death of the donor.
Also, through this article, it is intended to establish, if from the
effectiveness approach, the standard that extends the presumed consent for the
donation of organs and human components in Colombia, is applicable to light
of the legal system and has the vocation to promote and improve
considerable, within the limits allowed, these procedures for purposes
therapeutic Also taking into account the donor figures and the degree of
altruism that shows the Colombian culture against the figures of organ donation
of one of the most successful transplant systems in the world, such as the one that presides
Spain.
In such terms it must be indicated that the presumed consent is a
legal mechanism that allows obtaining the necessary authorization for the doctor
treating the proceeding to the extraction of one or several vital organs of the deceased donor to
effects of being transplanted to a patient who requires it; likewise, it is constituted in
a guarantee of relative treatment and promotion to strengthen the availability of
human organs to all patients, in an altruistic and timely manner.
However, with the entry into force of Law 1805 of 2016, it was possible to expand
even more the scope of the presumed consent for the donation of organs in
Colombia, and the right of opposition that eventually came to be had or was restricted
present their relatives or relatives against the will expressed by the donor in
life, a situation that turns all Colombians of legal age into
potential post-mortem donors of all its human organs and components (a
unless they oppose themselves in life to this procedure), which, without
Instead, they will be used for transplants for therapeutic purposes.
Likewise, it can be said that the autonomy of the presumed consent
strengthens further with the existence of a special procedure, part of the potential
donor, who wants to deny the procedure of transplant and extraction of their
post-mortem organs, since in life you could only express your will to
expressly denied, by means of authentication before a notary of his decision, the
which also must be filed with the National Institute of Health (INS) of the Ministry
of Health (MS), a situation that also overcomes the existing regulation in
testamentary dispositions regulated by the Civil Code (which do not require
formalities so special to the testator to enforce his consent).
In any case, it is clear that the implementation of these new rules of
game for organ donation procedures, you will find your first
obstacle in the serious problems of financing and of coverage that cross in the
currently the General Health System, as well as most of the entities and
institutions providing medical services in Colombia (both of the
contributory as the subsidized), it is a well-known fact that from the treatments
complex doctors, through the appointment of timely appointments, until the supply
Timely high-cost medications have become a headache
for the majority of users and affiliates of the system, who still demand a
better service and better attention.
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